En el 2011, la Secretaría de la Rectoría suma entre sus funciones, la de Protección Civil e inicia actividades enfocadas para encontrar el mejor diseño de un sistema operativo que lleve a la reflexión y acciones articuladas para cuidarnos colectivamente, como comunidades que en la vida diaria actuamos en escenarios la preservación de la vida de estudiantes, académicos y trabajadores, así como la protección de instalaciones, equipo y el medio ambiente.
La Universidad Veracruzana como institución académica puede y debe contribuir, desde las personas que la conforman, a un modelo de gestión que en la búsqueda de salvaguardar las vidas, el bien estar, la continuidad de su operación y la conservación de su patrimonio, armonice experiencias e iniciativas estratégicas para reducir la vulnerabilidad, prevenir los riesgos, mitigar efectos por contingencias socio-ambientales, gestionar la operación reactiva así como la recuperación.
A nivel federal, existe fundamento en el Decreto por el que se aprueban las Bases para el establecimiento del Sistema Nacional de Protección Civil (Diario Oficial de la Federación del 6 de mayo de 1986).- LA LEY No. 226 DE PROTECCIÓN CIVIL PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE. De la Planeación, Prevención y Cultura de la Protección Civil: Artículo 58. "Las dependencias y entidades del sector público federal ubicadas dentro del territorio del Estado, así como las del sector público estatal y municipal, los propietarios o poseedores de fábricas, industrias, comercios, oficinas, unidades habitacionales, clubes sociales, deportivos y de servicio, centros educativos, hospitales, teatros, cines, discotecas, sanatorios, terminales y estaciones de transporte de pasajeros y de carga, mercados, plazas comerciales, centrales de abasto, gaseras, gasolineras, almacenes, bodegas, y talleres que manejan o almacenen sustancias peligrosas, y los inmuebles que por su uso y destino reciban afluencia de personas o concentraciones masivas, deberán contar con una Unidad Interna que implementará el Programa correspondiente, de conformidad con los dispuesto en la Ley y los lineamientos de los Programas Estatal y Municipal así como lo establecido por la Secretaría de Protección Civil."
Dentro del estatuto General En legislación Universitaria, dentro del estatuto general:
Artículo 230. Las atribuciones del Secretario de la Rectoría son:
VII. Representar y coordinar las políticas de protección civil y seguridad en términos de las acciones de la sustentabilidad universitaria.
ACTA CONSTITUTIVA: Es el documento oficial de suma importancia, que da origen a la Unidad Interna de Protección Civil y donde queda inscrito el nombramiento de cada uno de sus integrantes, cargos y sus funciones.
UNIDAD INTERNA DE PROTECCIÓN CIVIL: Es un grupo integrado por miembros de la comunidad, organizados y capacitados para desarrollar y dirigir las acciones de protección civil dentro de las instalaciones del Instituto de Biotecnología y Ecología Aplicada (INBIOTECA).
Contar con los recursos humanos encargados de acciones enfocadas en la prevención y respuesta ante fenómenos naturales o provocados que puedan poner en riesgo la integridad física de la comunidad y sus visitantes del INBIOTECA, además de los inmuebles, servicios vitales y el entorno.
Integrar, articular y fortalecer la gestión participativa para salvaguardar la integridad de la comunidad, fortaleciendo las acciones de protección y prevención para reducir la vulnerabilidad ante las diversas situaciones de riesgo.