Universidad Veracruzana

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¿Cuál es la normatividad relacionada al agua?

Estocolmo 1972

Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano

En el año 1972, en Estocolmo, Suecia, se llevó a cabo la primera reunión internacional abocada al medio ambiente por su importancia para los humanos. En la declaración de Estocolmo, se estableció un diálogo entre países sobre la contaminación del aire, agua y los océanos para conseguir objetivos sobre el bienestar de las personas. El plan de acción constaba de 109 recomendaciones que se engloban en tres acciones generales:

  • Evaluación del medio humano
  • Ordenamiento del medio humano
  • Medidas internacionales auxiliares

Uno de los principales resultados de la conferencia de Estocolmo fue la creación del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA).

Río de Janeiro 1992

Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo

En el año 1992, en Río de Janeiro, Brasil, se realizó una reunión que también es conocida como la “Cumbre para la tierra”. En este evento asistieron 179 países para reforzar las acciones para minimizar el impacto al ambiente por las actividades humanas. Se estableció una agenda amplia y un nuevo plan de acción internacional en relación con el desarrollo sostenible.

El informe de esta conferencia resalta como producto la creación de la agenda 21. A continuación se mencionan las secciones del informe celebrado en Río de Janeiro:

  • Dimensiones sociales y económicas
  • Conservación y gestión de los recursos para el desarrollo
  • Fortalecimiento del papel de los grupos principales
  • Medios de ejecución

Nueva York 2000

Cumbre del milenio

Celebrado en Nueva York en el año 2000, este evento tuvo como objetivo consolidar el compromiso de la comunidad internacional para construir un mundo donde nadie se quede atrás. Se establecieron 9 objetivos abocados a erradicar la pobreza, lograr la enseñanza primaria, igualdad de género, reducir la mortalidad infantil, mejorar la salud materna, combatir enfermedades, lograr la sostenibilidad del ambiente y fomentar la asociación mundial para el desarrollo.

Dentro de las acciones sobre el ambiente relacionadas al agua se mencionan lo siguiente: “Detener la explotación insostenible de los recursos hídricos mediante el desarrollo de estrategias de gestión del agua a nivel regional, nacional y local, que promuevan tanto el acceso equitativo como el suministro adecuado”.

Johannesburgo 2002

Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible

Durante el 2002, en Johannesburgo, Sudáfrica, se llevó a cabo una cumbre para la toma de decisiones en temas referentes al agua, energía, salud, agricultura, diversidad biológica, entre otros.

En el punto 29 del informe se mencionó que: “… El agua está íntimamente ligada a la salud, la agricultura, la energía y la diversidad biológica. Sin progresos en la problemática del agua será difícil, sino imposible, alcanzar los demás objetivos de desarrollo del Milenio…”. Ante esto, se establece que las principales cuestiones en materia de agua y saneamiento son:

  • Acceso, disponibilidad y asequibilidad
  • Cuestiones de distribución
  • Necesidades tecnológicas y fomento de la capacidad
  • Cuestiones sociales

Río de Janeiro 2012

Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible

En el año 2012, en Río de Janeiro, Brasil, se realizó una nueva cumbre conocida como “Río +20”, en donde se pretendía poner en marcha un proceso para pasar de los Objetivos del Milenio (OM) a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). En esta reunión se incluyeron tópicos asociados a nuevas modalidades de consumo y producción sostenible. Entre algunas de las recomendaciones realizadas en el marco del recurso hídrico se tiene:

  • El abastecimiento de agua seguro mediante la protección de la biodiversidad, los ecosistemas y las fuentes de agua.
  • Implementar el derecho al agua.
  • Adoptar políticas globales que reafirmen la importancia de la planificación integrada del agua, el saneamiento, la energía y el uso de la tierra.

Nueva York 2015

Cumbre de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible

Desarrollada en Nueva York en el año 2015, esta reunión tuvo como finalidad el formalizar un nuevo plan denominado “Transformar nuestro mundo: Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”, la cual consta de 17 objetivos y 169 metas.

Objetivos de Desarrollo Sostenible

Establece la importancia de generar cambios a nivel global respecto a:

  • Acceso universal y equitativo al agua potable a un precio asequible para todos.
  • Acceso a servicios de saneamiento e higiene adecuados y equitativos para todos.
  • Mejorar la calidad del agua reduciendo la contaminación, eliminando el vertimiento y minimizando la emisión de productos químicos y materiales peligrosos
  • Reducir a la mitad el porcentaje de aguas residuales sin tratar y aumentando considerablemente el reciclado y la reutilización sin riesgos a nivel mundial
  • Aumentar considerablemente el uso eficiente de los recursos hídricos en todos los sectores y asegurar la sostenibilidad de la extracción y el abastecimiento de agua dulce.
  • Implementar la gestión integrada de los recursos hídricos a todos los niveles, incluso mediante la cooperación transfronteriza
  • Proteger y restablecer los ecosistemas relacionados con el agua, incluidos los bosques, las montañas, los humedales, los ríos, los acuíferos y los lagos
  • Cooperar y apoyar de los países en desarrollo para la creación de capacidad en actividades y programas relativos al agua y el saneamiento.
  • Apoyar y fortalecer la participación de las comunidades locales en la mejora de la gestión del agua y el saneamiento

  • Prevenir y reducir significativamente la contaminación marina de todo tipo.
  • Gestionar y proteger sosteniblemente los ecosistemas marinos y costeros para evitar efectos adversos importantes, incluso fortaleciendo su resiliencia, y adoptar medidas para restaurarlos a fin de restablecer la salud y la productividad de los océanos
  • Minimizar y abordar los efectos de la acidificación de los océanos
  • Reglamentar eficazmente la explotación pesquera y poner fin a la pesca excesiva, la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada y las prácticas pesqueras destructivas,
  • Aplicar planes de gestión con fundamento científico a fin de restablecer las poblaciones de peces en el plazo más breve posible
  • Conservar al menos el 10% de las zonas costeras y marinas, de conformidad con las leyes nacionales y el derecho internacional
  • Aumentar los beneficios económicos que los pequeños Estados insulares en desarrollo y los países menos adelantados obtienen del uso sostenible de los recursos marinos.
  • Aumentar los conocimientos científicos, desarrollar la capacidad de investigación y transferir tecnología marina.
  • Facilitar el acceso de los pescadores artesanales a los recursos marinos y los mercados
  • Mejorar la conservación y el uso sostenible de los océanos y sus recursos aplicando el derecho internacional

Artículo 4. Párrafo 5to. “Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos…”

Artículo 27: “La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.”

Artículo 42. Fracción V. Artículo 42. “El territorio nacional comprende: Las aguas de los mares territoriales en la extensión y términos que fija el Derecho Internacional y las marítimas interiores…”

Artículo 48. “Las islas, los cayos y arrecifes de los mares adyacentes que pertenezcan al territorio nacional, la plataforma continental, los zócalos submarinos de las islas, de los cayos y arrecifes, los mares territoriales, las aguas marítimas interiores y el espacio situado sobre el territorio nacional, dependerán directamente del Gobierno de la Federación, con excepción de aquellas islas sobre las que hasta la fecha hayan ejercido jurisdicción los Estados.”

Artículo 73. Fracción XVII. “El Congreso tiene facultad para dictar leyes sobre vías generales de comunicación, tecnologías de la información y la comunicación, radiodifusión, telecomunicaciones, incluida la banda ancha e Internet, postas y correos, y sobre el uso y aprovechamiento de las aguas de jurisdicción federal.”

Artículo 115. Fracción III. “Los Municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes: Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales.”

Aguas residuales


  • NOM-001-SEMARNAT-2021, Que establece los límites permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos receptores propiedad de la nación.
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  • NOM-002-ECOL-1996, Que establece los lí­mites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales a los sistemas de alcantarillado urbano o municipal.
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  • NOM-003-SEMARNAT-1997, Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes para las aguas residuales tratadas que se reusen en servicios al público
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  • NOM-004-SEMARNAT-2002, Que establece especificaciones y límites máximos permisibles de contaminantes para el aprovechamiento y disposición final de lodos y biosólidos.
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Abastecimiento de agua, acuíferos y pozos


  • NOM-001-CONAGUA-2011. Hermeticidad, especificaciones y métodos de prueba para los sistemas de agua potable, toma domiciliaria y alcantarillado sanitario.
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  • NOM-002-CNA-1995. Especificaciones y métodos de prueba para tomas domiciliarias para abastecimiento de agua potable.
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  • NOM-013-CNA-2000. Especificaciones de hermeticidad y método de prueba en redes de distribución de agua potable.
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  • NOM-003-CONAGUA-1996. Requisitos durante la construcción de pozos de extracción de agua para prevenir la contaminación de acuíferos.
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  • NOM-004-CONAGUA-1996. Requisitos para la protección de acuíferos durante el mantenimiento y rehabilitación de pozos de extracción de agua y para el cierre de pozos en general.
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  • NOM-014-CONAGUA-2003. Requisitos para la recarga artificial de acuíferos con agua residual tratada.
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  • NOM-015-CONAGUA-2007. Características y especificaciones de las obras de Infiltración artificial de agua a los acuíferos.
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  • NOM-022-SEMARNAT-2003, Que establece las especificaciones para la preservación, conservación, aprovechamiento sustentable y restauración de los humedales costeros en zonas de manglar.
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  • NOM-005-CONAGUA-1996. Especificaciones y métodos de prueba para fluxómetros.
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  • NOM-006-CNA-1997. Especificaciones y métodos de prueba para fosas sépticas prefabricadas.
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  • NOM-008-CNA-1998. Especificaciones y métodos de prueba para regaderas empleadas en el aseo corporal.
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  • NOM-009-CONAGUA-1998. Especificaciones y métodos de prueba para inodoros de uso sanitario.
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  • NOM-010-CNA-1999. Especificaciones y métodos de prueba para válvula de admisión y válvula de descarga para tanque de inodoro.
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  • NOM-011-CONAGUA -2015. Establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales.
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Salud

  • NOM-117-SSA1-1994. Método de prueba para la determinación de cadmio, arsénico, plomo, estaño, cobre, fierro, zinc y mercurio en alimentos, agua potable y agua purificada por espectrometría de absorción atómica.
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  • NOM-127-SSA1-2021. Límites permisibles de la calidad del agua.
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  • NOM-179-SSA1-2020. Control de la calidad del agua distribuida por los sistemas de abastecimiento de agua.
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  • NOM-201-SSA1-2015. Agua y hielo para consumo humano, envasados y a granel. Especificaciones sanitarias.
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  • NOM-230-SSA1-2002. Agua para uso y consumo humano, requisitos sanitarios que se deben cumplir en los sistemas de abastecimiento públicos y privados durante el manejo del agua. Procedimientos sanitarios para el muestreo.
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  • NOM-244-SSA1-2020. Evaluación de la eficiencia en reducción bacteriana en equipos y sustancias germicidas para tratamiento doméstico de agua.
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  • NOM-245-SSA1-2010. Requisitos sanitarios y calidad del agua que deben cumplir las albercas.
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Muestreo

  • NMX-AA-003-1980. Muestreo.
  • NMX-AA-014-1980. Cuerpos receptores.

Análisis de agua

  • NMX-AA-004-SCFI-2013. Sólidos sedimentables en aguas naturales, residuales y residuales tratadas.
  • NMX-AA-005-SCFI-2013. Grasas y aceites recuperables en aguas naturales, residuales y residuales tratadas.
  • NMX-AA-006-SCFI-2010. Materia flotante en aguas residuales y residuales tratadas.
  • NMX-AA-007-SCFI-2013. Temperatura en aguas naturales, residuales y residuales tratadas.
  • NMX-AA-008-SCFI-2016. Potencial de hidrógeno en aguas naturales, residuales y residuales tratadas
  • NMX-AA-012-SCFI-2001. Oxígeno disuelto en aguas naturales, residuales y residuales tratadas.
  • NMX-AA-017-1980. Color.
  • NMX-AA-026-SCFI-2010.Nitrógeno total kjeldahl en aguas naturales, residuales y residuales tratadas.
  • NMX-AA-028-SCFI-2001.Demanda bioquímica de oxígeno en aguas naturales, residuales y residuales tratadas.
  • NMX-AA-029-SCFI-2001. Fósforo total en aguas naturales, residuales y residuales tratadas.
  • NMX-AA-030/1-SCFI-2012. Demanda química de oxígeno en aguas naturales, residuales y residuales tratadas. Parte 1 – Método de reflujo abierto.
  • NMX-AA-030/2-SCFI-2011. Demanda química de oxígeno en aguas naturales, residuales y residuales tratadas. Parte 2 – Método de tubo sellado a pequeña escala.
  • NMX-AA-034-SCFI-2015. Sólidos y sales disueltas en aguas naturales, residuales y residuales tratadas.
  • NMX-AA-036-SCFI-2001. Acidez y alcalinidad en aguas naturales, residuales y residuales tratadas.
  • NMX-AA-038-SCFI-2001. Turbiedad en aguas naturales, residuales y residuales tratadas.
  • NMX-AA-039-SCFI-2001. Sustancias activas al azul de metileno (SAAM) en aguas naturales, potables, residuales y residuales tratadas.
  • NMX-AA-042-SCFI-2015. Enumeración de organismos coliformes totales, organismos coliformes fecales y escherichia coli. Método del número más probable en tubos múltiples.
  • NMX-AA-044-SCFI-2014. Cromo hexavalente en aguas naturales, salinas, residuales y residuales tratadas.
  • NMX-AA-045-SCFI-2001. Color platino cobalto en aguas naturales, residuales y residuales tratadas.
  • NMX-AA-050-SCFI-2001. Fenoles totales en aguas naturales, potables, residuales y residuales tratadas.
  • NMX-AA-051-SCFI-2001. Metales por absorción atómica en aguas naturales, potables, residuales y residuales tratadas.
  • NMX-AA-058-SCFI-2001. Cianuros totales en aguas naturales, potables, residuales y residuales tratadas.
  • NMX-AA-063-SCFI-2001. Boro en aguas naturales, residuales y residuales tratadas.
  • NMX-AA-071-1981. Plaguicidas organoclorados. Método de cromatografía de gases.
  • NMX-AA-072-SCFI-2001. Dureza total en aguas naturales, residuales y residuales tratadas.
  • NMX-AA-073-SCFI-2001. Cloruros totales en aguas naturales, residuales y residuales tratadas.
  • NMX-AA-074-2014. Ion sulfato en aguas naturales, residuales y residuales tratadas.
  • NMX-AA-075-1982. Sílice.
  • NMX-AA-077-SCFI-2001. Fluoruros en aguas naturales, residuales y residuales tratadas.
  • NMX-AA-079-SCFI-2001. Nitratos en aguas naturales, potables, residuales y residuales tratadas.
  • NMX-AA-081-1986. Nitratos en agua marina. Método de reducción de nitrato a nitrito en columna de cadmio.
  • NMX-AA-083-1982. Olor.
  • NMX-AA-084-1982. Sulfuros.
  • NMX-AA-087-SCFI-2010. Toxicidad aguda con Dapnia magna straus (crustacea cladocera).
  • NMX-AA-093-SCFI-2000. Conductividad electrolítica.
  • NMX-AA-099-SCFI-2006. Nitritos en aguas naturales y residuales.
  • NMX-AA-100-1987. Cloro total. Método iodométrico.
  • NMX-AA-102-SCFI-2006. Enumeración de organismos coliformes, organismos coliformes termotolerantes y Escherichia coli presuntiva. Método de filtración en membrana.
  • NMX-AA-108-SCFI-2001. Cloro libre y cloro total.
  • NMX-AA-110-1995-SCFI. Toxicidad aguda con Artemia franciscana Kellogg (crustacea – anostraca).
  • NMX-AA-112-1995-SCFI. Toxicidad aguda con Photobacterium phosphoreum.
  • NMX-AA-113-SCFI-2012. Número de huevos de helminto en aguas residuales y residuales tratadas por observación microscópica.
  • NMX-AA-117-SCFI-2001. Hidrocarburos totales de petróleo (HTP’s) en aguas naturales, potables y residuales tratadas.
  • NMX-AA-172-SCFI-2016. Sólidos en sedimentos por ignición, en aguas naturales, residuales y residuales tratadas.

Métodos para la potabilización del agua

  • NMX-AA-122-SCFI-2006. Sulfato de aluminio
  • NMX-AA-123-SCFI-2006. Óxido e hidróxido de calcio.
  • NMX-AA-124-SCFI-2006. Hipocloritos de sodio y calcio.
  • NMX-AA-125-SCFI-2006. Cloro líquido.
  • NMX-AA-126-SCFI-2006. Hidróxido de sodio.
  • NMX-AA-127-SCFI-2006. Polifosfato de sodio.
  • NMX-AA-128-SCFI-2006. Sulfato férrico.
  • NMX-AA-129-SCFI-2006. Cloruro férrico.
  • NMX-AA-130-SCFI-2006. Policloruro de aluminio.
  • NMX-AA-135-SCFI-2007. Poliaminas.
  • NMX-AA-136-SCFI-2007. Policloruro de dialildimetilamonio.
  • NMX-AA-137-SCFI-2007. Poliacrilamidas.
  • NMX-AA-140-SCFI-2007. Silicato de sodio.

Otras normas

  • NMX-AA-158-SCFI-2011. Lavadoras de ropa. Requisitos para obtener el sello “Grado Ecológico”.
  • NMX-AA-159-SCFI-2012. Que establece el procedimiento para la determinación del caudal ecológico en cuencas hidrológicas.
  • NMX-AA-161-SCFI-2015. Grifería sanitaria – reguladores de flujo. Especificaciones y métodos de prueba.
  • NMX-AA-175-SCFI-2015. Operación segura de presas. Análisis de riesgo y clasificación de presas.
  • NMX-AA-176-SCFI-2015. Instalaciones hidrosanitarias para la edificación de viviendas.
Ley de Aguas del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave

Esta ley de carácter estatal tiene por objeto establecer la reglamentación en materia de agua, así como establecer las bases de coordinación entre los ayuntamientos y el estado de Veracruz.

  • Título 1°. Disposiciones generales
    • 1.1. Del objeto de la ley
    • 1.2. Del sistema veracruzano del agua
    • 1.3. De la programación hidráulica en el estado
  • Título 2°. De las autoridades estatales y municipales
    • 2.1. De las autoridades estatales
    • 2.2. De las autoridades municipales
  • Título 3°. De la participación de los sectores social y privado
    • 3.1. Disposiciones generales
    • 3.2. De la participación del sector privado
    • 3.3. De la participación del sector social
  • Título 4°. De la prestación de los servicios
    • 4.1. De los servicios regionales de abastecimiento de agua en bloque, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales de origen público urbano
    • 4.2. Del servicio de suministro de agua potable
    • 4.3. Del servicio de drenaje y alcantarillado
    • 4.4. Del servicio de tratamiento y disposición de aguas residuales
    • 4.5. Del reúso de aguas residuales
    • 4.6. De las cuotas y tarifas
  • Título 5°. De la administración y sus bienes inherentes
    • 5.1. Disposiciones generales
    • 5.2. De las zonas reglamentadas, vedas y reservas
    • 5.3. De la regulación de las aguas
    • 5.4. De la prevención y control de la contaminación de agua
    • 5.5. De los bienes inherentes estatales y la seguridad hidráulica
    • 5.6. Del manejo integral y su uso eficiente en el estado
  • Título 6°. De las visitas, infracciones y sanciones
    • 6.1. De la inspección y vigilancia
    • 6.2. De las infracciones y sanciones administrativas

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