Universidad Veracruzana

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Directorio Centros de Justicia para las mujeres CONAVIM

Considerando que: 

-El artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mandata que la educación se basará en el respeto irrestricto de la dignidad de las personas, con un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva;

-La Ley General de Educación prevé en la fracción IV de su artículo 12 que, en la prestación de los servicios educativos se impulsará el desarrollo humano integral para, combatir las causas de discriminación y violencia en las diferentes regiones del país, especialmente la que se ejerce contra la niñez y las mujeres;

-En el Artículo 7 de la Ley General de Educación Superior (LGES), se establece que la educación superior fomentará el desarrollo humano integral del estudiante en la construcción de saberes basado en diversos rubros, entre los que se encuentra el combate a todo tipo y modalidad de discriminación y violencia, con especial énfasis en la que se ejerce contra las niñas y las mujeres, las personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad social, y la promoción del cambio cultural para construir una sociedad que fomente la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres;

-En el Artículo 10 de la LGES se señala como uno de sus criterios para la elaboración de políticas en materia de educación superior, la promoción y respeto de la igualdad entre mujeres y hombres generando alternativas para erradicar cualquier tipo y modalidad de violencia de género en las instituciones de educación superior;

-En el Artículo 43 de la LGES que se establece que el Estado reconoce la importancia y coadyuvará a garantizar que las instituciones de educación superior se constituyan como espacios libres de todo tipo y modalidad de violencia, en específico la de género, y de discriminación hacia las mujeres, para garantizar el acceso pleno al derecho a la educación superior.

Derivado de este marco jurídico el pasado 01 de marzo del presente, se suscribió el Convenio Marco de Colaboración entre la Secretaría de Gobernación, a través de la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración, y por la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM); y por la otra parte, la Secretaría de Educación Pública, representada por la Subsecretaría de Educación Superior, cuyo objeto es establecer los mecanismos de colaboración entre las partes, en el ámbito de sus atribuciones, para propiciar, promover y en su caso, ejecutar acciones de prevención, estrategias de capacitación y acompañamiento dirigidas a alumnas, profesoras y personal administrativo de las Instituciones de Educación Superior (IES), encaminadas a contribuir en la atención de la violencia de género que sufren las mujeres al interior de las propias IES, así como el diseño y puesta en marcha de los mecanismos de atención de casos de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual y cualquier otro tipo de violencia, especialmente contra las mujeres, con apego al marco jurídico aplicable vigente.

Entre las líneas de acción previstas en este Convenio Marco, se establece que las partes, en el ámbito de sus atribuciones, brindarán información sobre los servicios que se otorgan en los Centros de Justicia para las Mujeres de la CONAVIM, por lo que se adjunta al presente el directorio de dichos Centros.

Directorio CONAVIM

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Fecha: 9 julio, 2024 Responsable: Ing. Cinthya Yesenia Lourith Reyes Contacto: clourith@uv.mx