El Subsistema de Planeación, Recursos Financieros y Materiales cuenta con un módulo de Servicios que ubica el apartado de Reportes seccionado por áreas responsables y que cada sección despliega un catálogo de reportes para la emisión de información.
El Reporte de inventario de bienes controlables, emite una relación de bienes que tiene asignados una Unidad Responsable, utilizado parámetros de área física, fecha de alta del bien, código contable y estado físico, en formato de salida PDF o Excel.
En caso de robo de bienes muebles de activo fijo o controlables que formen parte del patrimonio de la Universidad Veracruzana, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento para el Control de Bienes Muebles e Inmuebles de la Universidad Veracruzana, llevando a cabo las siguientes acciones:
1
1. El personal resguardante de los bienes muebles deberá:
-
- Notificar de manera inmediata al titular, administrador y/o encargado administrativo, en un plazo no mayor a 24 horas de conocerse el robo (Art. 47 Reglamento de Control de Bienes Muebles e Inmuebles (RCBMeI)
- Participar en la elaboración del acta administrativa (ABS-CB-F-03).
2
2. Los titulares, administradores y/o encargados administrativos deberán:
- Elaborar el acta administrativa (ABS-CB-F-03) de manera inmediata al conocimiento del hecho, en un plazo no mayor a 24 horas de conocerse el robo (Art. 65 RCBMeI)
El acta administrativa deberá indicar:
- El número de activo, descripción, marca, modelo, número de serie, costo de adquisición (Costo con I.V.A.) y área física del bien mueble objeto de robo; así como el nombre del usuario resguardante (datos que deberán coincidir con los registros del sistema).
- Relato de los hechos, detallando tiempo, modo y lugar, describiendo de la mejor forma posible como sucedieron los acontecimientos, identificando fechas, lugares, personal involucrado y el procedimiento que realizaron para la notificación del robo ante las autoridades correspondientes.
Anexar:
- El resguardo firmado y con el sello de la Unidad Responsable (UR).
- El formato de préstamo del activo (vale de salida), que contiene la justificación de la salida del bien mueble de las instalaciones y el periodo de vigencia.
Nota: En caso de que el acontecimiento así lo requiera, se deberán incluir en el contenido del acta administrativa las declaraciones del personal involucrado y los detalles de la investigación realizada, como los lugares donde se realizó la búsqueda del bien objeto de robo, para contar con evidencia necesaria y deslindar responsabilidades.
3
3. El personal resguardante, los titulares, administradores y/o encargados administrativos deberán:
- Presentar denuncia por comparecencia o por escrito, de los hechos delictuosos ante la Fiscalía General del Estado (FGE), debiendo llevar fotocopia de la factura del bien y del resguardo correspondiente, indicando en la denuncia, el número del activo y serie del bien.
Nota: Se cuenta con un formato de Denuncia o querella, validado por la Dirección de Asuntos Jurídicos, además se debe obtener el número de carpeta de investigación, la cual acredita el robo.
Liga para solicitar en caso de requerirse una cita ante la Fiscalía General del Estado, y dar cumplimiento de manera pronta ante lo establecido.
https://uat.fiscaliaveracruz.gob.mx/citas
Respecto a la denuncia, se solicita:
- Verificar los datos proporcionados ante la FGE del bien mueble y la relatoría del documento expedido, de manera que los datos coincidan con la información registrada en el Subsistema de Planeación, Recursos Financieros y Materiales (SPRFM), debido a que, si se llega a identificar en la revisión de la información, un dato que no corresponde se le solicitará realizar una ampliación de la denuncia presentada.
Nota: Cuando se trate de casos en los que no se identifica de manera pronta los bienes muebles objeto de robo, es importante realizar la denuncia de manera inmediata, aun cuando no se tenga el total de bienes muebles identificados como robados, ya que en todo caso se puede realizar posteriormente una ampliación a la denuncia.
4
4. Una vez realizadas las acciones del inciso 1 al 3 , los titulares, administradores y/o encargados administrativos deberán:
- Informar por escrito, al Director de Asuntos Jurídicos con copia a la DCBMeI, para su conocimiento y seguimiento del asunto.
Para el caso de las regiones de Veracruz, Orizaba-Córdoba, Poza Rica-Tuxpan y Coatzacoalcos-Minatitlán la notificación al Director de Asuntos Jurídicos, se realizará a través de la SAFR.
La documentación debe llevar el siguiente orden:
- Acta administrativa original
- Denuncia de hechos original ante la FGE
- Resguardo
- Vale de salida (en caso aplicable)
- Factura
Nota: Dar seguimiento, a través de un número de Folio del sistema de correspondencia Hermes.
Análisis y procedimientos posteriores
- Una vez recibida la información, la DCBMeI analizará en conjunto con la Dirección de Asuntos Jurídicos, determinando si la documentación presentada por la UR es jurídicamente procedente o no, así como si de la narrativa de los hechos se advierte alguna posible omisión, negligencia o descuido por parte del resguardante del bien mueble, en este último caso, se procederá conforme a lo indicado en el artículo 67 del RCBMeI de esta Institución.
- La DCBMeI o la SAFR, según corresponda, notificará a la UR el resultado del análisis mencionado en el punto anterior:
- Es procedente: Se actualiza el estado del bien a “Robado”.
- No procedente: Cuando la documentación presentada por el reporte de Robo del bien mueble ha sido validada y no cuenta con los elementos para que proceda. Se inicia el procedimiento de restitución en efectivo o especie del bien mueble conforme el Procedimiento de Control y Seguimiento de Bienes Muebles (ABS-CB-F-03).
Ampliación de Denuncia (bienes localizados)
En el caso de localizar bienes muebles de activo fijo o controlables que ya hayan sido reportados o estén en proceso de revisión por la Dirección de Asuntos Jurídicos y la DCBMeI, la UR deberá:
- Realizar una ampliación de la denuncia ante la FGE, indicando la localización del bien mueble.
- Notificar a la Dirección de Asuntos Jurídicos con copia a la DCBMeI o SAFR, según corresponda, adjuntando evidencia fotográfica clara del bien mueble localizado.
Nota: Verificar que no se trata de otro bien mueble que en este momento se tenga como No Localizado.
Contacto
Para el seguimiento y/o aclaraciones sobre el Levantamiento físico de inventario anual, debe contactar al analista:
Lic. Beatríz González Arrieta
Analista del Departamento de Control, Seguimiento y Desincorporación de Bienes Muebles
Extensión:
11252 y 11234
Formato de denuncia Agenda citas FGE Unidad de Atención Temprana ABS-CB-F-03 Acta administrativa