El CUG es la máxima autoridad colegiada de la Institución y está integrado por consejeros ex-oficio, consejeros maestros y consejeros alumnos, los cuales tienen derecho a voz y voto.
De acuerdo con nuestra normatividad:
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- La Ley Orgánica establece la integración del CUG y su funcionamiento.
- El Estatuto General define la modalidad de las sesiones de las comisiones permanentes de las comisiones académicas por área.
- El Estatuto de los Alumnos 2008 determina los requisitos y el proceso para la elección de los consejeros alumnos.
- El Reglamento del Consejo Universitario General, junto con la Ley Orgánica, establece su integración y funcionamiento.
El Sistema de Registro de Consejeros permite un control de altas y bajas de las personas que fungen como consejeras y consejeros ex-oficio, maestros y alumnos; la consulta y descarga de los documentos que se analizarán en las sesiones ordinarias del CUG; así como, asegurar el registro ágil de asistencia y la declaración del quorum conforme a lo establecido en el Capítulo III. Del registro de consejeros del Reglamento del Consejo Universitario General.