Transferencias:
Con fundamento en los artículos 11, 49, 114 y 115 del Estatuto de los Alumnos 2008, la Secretaría Académica reconoce los siguientes exámenes de certificación nacional o internacional para que los alumnos de posgrado acrediten el conocimiento de una lengua extranjera a través de una certificación internacional y, los alumnos de licenciatura que cursan planes de estudio flexibles acrediten el conocimiento de lenguas a través de un examen de certificación nacional o internacional.
Consideraciones importantes:
El trámite se realiza en línea a través de los portales web de los Centros de Idiomas de cada Región
Los alumnos que acreditaron EXAVER de octubre de 2011 a la fecha, no es necesario que entreguen documentos.
Los alumnos que acreditaron EXAVER en 2010 o fechas anteriores, deben presentar para su cotejo, el documento original y entregar una fotocopia firmada por el estudiante, en las oficinas administrativas del Centro de Idiomas de su región.
En cuanto a la vigencia de los exámenes, tanto los exámenes de EXAVER como los de Cambridge English no tienen vigencia. Los exámenes de IELTS y TOEFL IBT tienen vigencia de dos años a partir de la emisión del certificado.
La transferencia de calificaciones obtenidas a través de los cursos en los Centros de Idiomas y de Autoacceso, se podrá solicitar cuando exista una calificación final registrada. La vigencia para realizar este trámite no debe ser mayor a 3 años después de acreditar el curso.
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