Universidad Veracruzana

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Fundamentación > Análisis de los lineamientos > Indicaciones

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1ª.Revisar el documento del MEIF y de los lineamientos normativos. Se presentan a continuación algunos ejemplos de lineamientos normativos; es posible que algunos programas educativos cuenten con otros no incluidos aquí, relacionados con las características de la profesión o la Facultad a la que pertenezcan (La mayoría de los documentos señalados aquí aparecen en las Fuentes de información que cierran este apartado).

  1. Leyes, estatutos y reglamentos:

    a) Externos:

    • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
    • Ley General de Educación.
    • Ley General de Profesiones.
    • Ley de Profesiones del Estado de Veracruz.
    • Leyes propias de la profesión.
    • Reglamentación del servicio social en las Leyes de Profesiones de los Estados de la República
    • Estatutos de Asociaciones y Colegios Profesionales.

    b) Internos:

    • Ley Orgánica.
    • Estatuto General.
    • Estatuto del Personal Académico.
    • Estatuto de los Alumnos.
    • Reglamento de planes y programas.
    • Reglamento de academias, de áreas de conocimiento y de investigación.
    • Reglamentos internos.
    • Reglamento de revalidaciones.
  2. Planes, programas y proyectos:

    a) Externos:

    • Plan Nacional de Desarrollo (vigente).
    • Plan Veracruzano de Desarrollo (vigente).

    b) Internos:

    • Plan General de Desarrollo. Universidad Veracruzana (vigente).
    • Modelo Educativo de la Universidad Veracruzana (vigente).
    • Plan de Desarrollo de la entidad académica (vigente).
  3. Convenios y acuerdos:

    a) Externos:

    • Acuerdo de la ANUIES, Tepic, 1972

    b) Internos:

    • Convenios universitarios.
    • Acuerdos específicos de Comisiones de Consejo Universitario.
    • Lineamientos para el Control Escolar del Modelo Educativo Flexible.
  4. Manuales:

    Internos:

    • Guía de trabajo quehacer tutorial.
    • Manuales de procedimientos para trámites académico-administrativos.
    • Manual profesiográfico.

2ª Relacionar el documento del MEIF y otros lineamientos normativos referentes a las funciones y tareas del personal académico y de los alumnos, para lo cual se recomiendan las siguientes acciones:

  1. Identificar en el documento del MEIF los principales elementos referentes a las funciones y tareas del personal académico y de los alumnos, que se consideren pertinentes para este análisis con respecto a los lineamientos normativos actuales. Enlistarlos en la columna correspondiente de los instrumentos 1 y 2, presentados abajo.
  2. Señalar con concreción las repercusiones para cada uno, entendiendo por repercusiones los efectos, impactos, influencia del MEIF sobre el personal académico y los alumnos, relacionados con los lineamientos normativos.
  3. Relacionar cada repercusión con los diversos lineamientos normativos, para encontrar los puntos de contacto, es decir, la relación existente entre las repercusiones y los lineamientos normativos.
  4. Describir brevemente los puntos de contacto.
  5. Discernir si es una base o un obstáculo.
  6. Explicar brevemente la razón de tal decisión. Enunciar recomendaciones para modificar los lineamientos normativos internos y/o adaptar los lineamientos normativos externos.

Instrumento 1

Personal académico

Elementos

en el MEIF

Repercusiones

Otros

lineamientos

 

Puntos de

contacto (*)

Base u

obstáculo

Breve

justificación

Recomendación

 

B

O

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

* En esta columna es necesario transcribir o describir, según sea el caso, el texto de los puntos de contacto.

Ejemplo 1:

Personal académico

Elementos

en el MEIF

Repercusiones

 

Otros

lineamientos

 

Puntos de contacto

 

Base u obstáculo

Breve

justificación

 

Recomendación

 

B

O

Funciones del

Profesor:

Tutoría.

Diversificación

de la carga.

 

Estatuto de

personal

académico

Art. 11; 21; 196, fracc. VI. Art. 11: […] Los académicos de carrera en funciones de docencia realizarán, además, como carga extra clase, tutorías grupales o individuales, asesorías a alumnos […]

Art. 21. El personal académico de tiempo completo debe cumplir con una carga académica durante 40 horas a la semana. El docente impartirá cátedra con un mínimo de 16 y un máximo de 20 horas, dedicando el excedente a desempeñar carga extra clase, sin perjuicio de cumplir lo establecido en el Artículo 196, fracc. II de este ordenamiento.

El técnico académico dedicará 30 horas a su actividad principal y las 10 restantes a la carga equivalente a la extra clase. El investigador y el ejecutante deberán impartir una materia por semestre en la entidad académica donde sea requerido, o participar en programas de educación continua, salvo los casos en que el programa anual de investigación o el de actividades artísticas a desarrollar lo impidan o cuando no exista materia compatible con su horario o perfil, en estos casos deberán utilizar el horario correspondiente para su actividad fundamental. Lo establecido en el párrafo anterior deberá ser dictaminado por la dirección general de investigaciones.

Art. 196, fracc. VI. Proporcionar tutorías grupales o individuales.

X

 

Es base porque

considera la tutoría

como una

actividad del

profesor.

Especificar la

tutoría como la

concibe el MEIF, y específicamente la Guía para el

quehacer

tutorial.

 

Etcétera

 

 

 

 

 

 

 


Instrumento 2

Alumnos

Elementos

en el MEIF

Repercusiones

Otros

lineamientos

 

Puntos de

contacto

Base u

obstáculo

Breve

justificación

Recomendación

 

B

O

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Ejemplo 2:

Alumnos

Elementos

en el MEIF

Repercusiones

 

Otros

lineamientos

 

Puntos de contacto

 

Base u obstáculo

Breve

justificación

 

Recomendación

 

B

O

El servicio social será formativo; se incorporará en los planes de estudio como experiencia educativa,

con valor

crediticio

predetermi-nado (12c.).

 

Ya no habrá

pasantes pues

quienes estén

haciendo el

servicio social

seguirán siendo

alumnos.

 

Estatuto de

los alumnos

.

 

Art. 66. El servicio social es la actividad de carácter temporal que en beneficio de la comunidad o de la Universidad Veracruzana , y sin costo directo para aquella, prestarán los pasantes o alumnos regulares de los dos últimos periodos escolares de las carreras que ofrece la Universidad Veracruzana. El servicio social es obligatorio y requisito previo para la titulación.

 

X

X

Es base porque menciona que lo pueden realizar los estudiantes.

Es obstáculo porque no le da créditos.

 

Integrarlo en la

normatividad

que corresponda.

 

Etcétera

 

 

 

 

 

 

 


3ª. Relacionar el documento del MEIF con otros lineamientos normativos referentes a los elementos centrales del programa educativo (plan de estudio, disciplina, profesión y carrera), para lo cual se recomiendan las siguientes acciones:

  1. En el documento del MEIF identificar los principales factores referentes a los elementos centrales del programa educativo (plan de estudios, disciplina, profesión y carrera), que se consideren pertinentes para este análisis con respecto a los lineamientos normativos actuales. Enlistarlos en la columna correspondiente, del instrumento 3, presentado abajo.
  2. Señalar de manera concreta las repercusiones para cada uno.
  3. Relacionar cada repercusión con los diversos lineamientos normativos, a fin de encontrar los puntos de contacto.
  4. Describir brevemente los puntos de contacto.
  5. Discernir si es una base o un obstáculo.
  6. Explicar brevemente la razón de tal decisión. Enunciar recomendaciones para modificar los lineamientos normativos internos y/o adaptar los lineamientos normativos externos.

Instrumento 3

Programa educativo

Elementos

centrales

Repercusiones

 

Lineamientos

 

Puntos de

contacto

Base u obstáculo

Breve

justificación

Recomendación

 

B

O

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Ejemplo 3:

Programa educativo

Elementos

centrales

Repercusiones

 

Lineamientos

 

Puntos de

contacto

Base u obstáculo

Breve

justificación

Recomendación

 

B

O

El servicio

social tiene

valor crediticio

predeterminado

(12 c.).

Hay que

Incorporarlo en el Área de formación terminal.

 

Reglamento

de planes y

programas de

estudio de la

UV .

Art. 13,

fracc. XIII.

 

X

 

 

 

 

 

 

X

 

Es base porque menciona que debe considerarse dentro del plan de estudio.

 

Es obstáculo

porque no está definido.

Integrarlo en la normatividad respectiva.

 

Etcétera

 

 

 

 

 

 

 


4ª. Integrar la información para conformar el apartado Análisis de los lineamientos, considerando las bases y los posibles obstáculos para apuntalar la viabilidad del diseño de un nuevo plan de estudios. Incluir los datos completos de las fuentes de información en el formato acordado.

5ª.Una vez concluido el diseño del nuevo plan de estudios, incorporar al apartado las recomendaciones para modificar y/o enriquecer los lineamientos normativos, de tal manera que este apartado quede como se indica en el siguiente esquema:

2.5. Análisis de los lineamientos

2.5.1. Bases
2.5.2. Obstáculo
2.5.3. Recomendaciones


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Fecha: 21 noviembre, 2024 Responsable: Dirección General de Desarrollo Académico e Innovación Educativa Contacto: dfa@uv.mx