Administrativo, Técnico y Manual, Confianza y Eventual.
- Previamente al alumbramiento, el trabajador deberá registrar ante la Dirección General de Recursos Humanos a su cónyuge o concubina con los documentos que lo acrediten:
- Acta de matrimonio o constancia de convivencia emitida por el jefe de manzana.
- Realizar un oficio dirigido a la DGRH con atención a la Dirección de Personal por parte de la Organización Sindical, Asociación o, en su caso, trabajador, el cual debe contener lo siguiente:
- Nombre del trabajador. Número de personal del trabajador.
- Periodo a solicitar.
- Solicitud original con sello de recibido (Excepto ATyM).
- Sello de conocimiento de la Entidad o Dependencia/Vo.Bo. (Excepto ATyM).
- Anexar copia de acta de nacimiento o constancia de alumbramiento.
Medio de recepción: Sistema de Administración y Seguimiento de Correspondencia (Hermes).