- Procedimiento para la titulación
Con fundamento en el reglamento general vigente para estudios de posgrado de la Universidad Veracruzana, para autorizar el examen de grado de los estudiantes del Doctorado en investigación en salud pública, se deberá seguir el procedimiento siguiente:
- Haber concluido el 100% de los créditos y haber acreditado todas las experiencias educativas y actividades académicas del plan de estudios del DIT-SP, así como la certificación del inglés nivel B2 o equivalente;
- Presentar el certificado de estudios del posgrado cursado.
- Presentar los votos aprobatorios de los sinodales.
- Presentar las evidencias de 2 artículos publicados o aceptados en revistas indizadas derivadas de la tesis de investigación.
- Presentar evidencia de las actividades complementarias de apoyo a la docencia, difusión y divulgación de los resultados en al menos un foro académico.
- Aval del Consejo Técnico u órgano equivalente, en caso de haber excedido el tiempo reglamentario para la presentación del examen.
- Solicitar jurado para la disertación de la tesis doctoral al H. Consejo Técnico u órgano equivalente, siguiendo la normatividad vigente.
- Pagar el arancel correspondiente; y
- Las demás que señale la normatividad universitaria
Con fundamento en el reglamento para estudios de posgrado vigente, para obtener el grado de doctorado en la Universidad Veracruzana es indispensable presentar un trabajo recepcional, cuya estructura está establecida en el plan de estudios del programa educativo correspondiente, el cual debe ser defendido ante un jurado.
No son válidos los trabajos recepcionales colectivos.
Una vez concluido el plan de estudios, el plazo límite para para la obtención del diploma o grado en los estudios de posgrado es de un año. En los casos en los que se exceda el plazo establecido, los estudiantes deben solicitar por escrito dirigido al Coordinador del DIT-SP una prórroga para la presentación del examen de grado. El escrito debe contener la justificación, motivos académicos y anexar las evidencias de egreso, así como la versión final del trabajo recepcional con el aval del director de tesis y preferentemente contar con el voto aprobatorio de al menos tres miembros de su jurado. Dicha prórroga será sometida al análisis del Consejo Técnico u órgano equivalente que, en su caso, podrá autorizarla o negarla. La prórroga no excederá los tres meses para la presentación del examen de grado. Si el plan de estudios cursado ya no estuviese vigente, el Consejo Técnico u órgano equivalente de la entidad académica podrá solicitar al egresado recursar algunas experiencias educativas o realizar actividades académicas adicionales.