REQUISITOS DE PERMANENCIA :
Los requisitos de permanencia se apegan al artículo 54 del Reglamento General de Estudios de Posgrado 2023 de la Universidad Veracruzana
- Cumplir con la escolaridad que determine el programa educativo de posgrado correspondiente.
- Acreditar las experiencias educativas, obteniendo el total de créditos del período escolar inmediato anterior.
- Presentar al Coordinador del Posgrado por Programa Educativo al final de cada período escolar un informe de avance del trabajo de tesis avalado por el director de tesis.
- Cumplir con los pagos arancelarios y cuotas de recuperación que se establezcan.
Para expresar la acreditación de los alumnos del posgrado, la escala de calificaciones es del 1 al 100, siendo la mínima aprobatoria de 70 expresada en números enteros, tal como lo establece el art. 51 del Reglamento recién mencionado.
El Reglamento interno de la Facultad de Arquitectura, región Xalapa establece además en su art. 166 que los estudiantes deberán:
- Presentar a la Coordinación respectiva impreso y en archivo digital los avances de su investigación al finalizar cada periodo escolar o cuando les sea requerido por escrito por su Coordinador.
- Informar a la Coordinación respectiva de cualquier beca o apoyo económico o material recibido en apoyo a su investigación.
- Mantener actualizado su currículum en la plataforma que el Coordinador de Posgrado respectivo proporcione para tal efecto.
Además, se considera necesario que el alumno de este Plan de Estudios que cumpla con lo siguiente:
- Acudir a tres sesiones de asesoría con su comité tutorial cada semestre, dicho comité estará compuesto por su tutor (director de tesis) y su asesor de tesis, y presentar un reporte de estas en el formato establecido por la coordinación.
REQUISITOS DE EGRESO :
El Artículo 64 del Reglamento General de Estudios de Posgrado 2023 de la Universidad Veracruzana establece que los requisitos para la presentación del examen de grado académico, que los alumnos deben cumplir son los siguientes:
- Haber acreditado todas las experiencias educativas que establezca el plan de estudios del programa educativo correspondiente.
- No tener adeudos con la Universidad Veracruzana.
- Pagar los aranceles correspondientes.
El Reglamento interno de la Facultad de Arquitectura, región Xalapa establece además en su art. 166 que los estudiantes deberán realizar al menos una movilidad académica o una estancia de investigación durante el desarrollo del programa, por lo que se considera obligatoria su realización, sea una u otra modalidad. Las características de estas deberán de cumplir con lo establecido en los artículos 167 y 168 del mismo Reglamento interno, así como en los reglamentos de Equivalencia y Revalidación de Estudios y en el de Movilidad de la Universidad Veracruzana. El propósito de estas actividades es fortalecer el quehacer académico interinstitucional y fundamentalmente apuntalar las investigaciones de los estudiantes a través de la mirada y experiencia académica externa.