Estatuto General
Artículo 34. Las atribuciones del Director de Normatividad son:
- Acordar con el Abogado General, los asuntos de su competencia;
- Coordinar sus actividades con el Director de Asuntos Jurídicos, los Delegados Jurídicos Regionales y las representaciones jurídicas adscritas a las dependencias administrativas, en el ámbito de su competencia;
- Coadyuvar con la Contraloría General y los entes fiscalizadores de la Universidad proporcionando la información que requieran para el cumplimiento de su función, así como solventar las observaciones vinculadas a la Dirección que se desprendan de su intervención;
- Coordinar las actividades de la Comisión de Reglamentos del Consejo Universitario General;
- Coordinar la elaboración de los proyectos de Estatutos;
- Formular los Reglamentos por materia de la Universidad, coordinando sus actividades con las autoridades unipersonales y funcionarios;
- Apoyar a las entidades académicas de la Universidad en la elaboración o actualización de sus Reglamentos Internos;
- Analizar la legislación universitaria;
- Formular los informes sobre legislación y gobierno ante instancias externas;
- Difundir y coordinar la publicación de la legislación universitaria en la Gaceta y en la página Web de la Universidad;
- Formular los Acuerdos del Rector; y
- Las demás que señale la legislación universitaria.