Uso del escudo heráldico
El escudo heráldico se utilizará de acuerdo a lo previsto por el Reglamento de los Elementos de Identidad Institucional:
- Como elemento del sello oficial de la institución;
- En la papelería oficial y legal de las entidades académicas y dependencias de la Universidad Veracruzana.
Pudiendo ser utilizado en los eventos presididos por las autoridades unipersonales y funcionarios de la Universidad Veracruzana, o en los demás casos autorizados por la Rectora o el Abogado General, en su caso.
Requisitos para el trámite de autorización del uso del escudo:
Solicitud por escrito para la autorización del uso del Escudo donde se precise el objetivo dirigida a la Rectora o al Abogado General, que además deberá contener:
- La mención de que será utilizado como elemento del sello oficial de la institución.
- La mención de que será utilizado en la papelería oficial y legal de las entidades académicas y dependencias de la Universidad Veracruzana.
- La mención del evento en que será utilizado, así como las autoridades unipersonales y funcionarios de la Universidad Veracruzana, que lo presidirán.
- El visto bueno del Director de la Dependencia, Facultad, Instituto o Centro al cual se encuentre adscrito el solicitante, para el caso de que sea éste quien lo solicite de manera personal.
- Precisar la Dependencia, Facultad, Instituto o Centro al cual se encuentre adscrito el solicitante.
Uso del logosímbolo
El logosímbolo se usará, de acuerdo a lo previsto por el Reglamento de los Elementos de Identidad Institucional:
- En aquellos casos donde no se deba utilizar el Escudo Heráldico;
- En los inmuebles de la Universidad Veracruzana;
- En los trabajos recepcionales impresos o en versión electrónica de los alumnos o egresados;
- En los uniformes y demás vestiduras representativos de la Universidad Veracruzana;
- En los elementos publicitarios en que se difunda la actividad institucional;
- En las actividades de información y difusión publicitaria, publicaciones, señalización de edificios y demás producción que se origine hacia la sociedad,
- En los demás casos autorizados por la Rectora o el Abogado General, en su caso.
Requisitos para el trámite de autorización del uso del logosímbolo:
Solicitud por escrito de la autorización del uso del Logosímbolo donde se precise el objetivo dirigida a la Rectora o al Abogado General, que además deberá contener:
- El visto bueno del Director de la Dependencia, Facultad, Instituto o Centro al cual se encuentre adscrito el solicitante, para el caso de que sea éste quien lo solicite de manera personal.
- Precisar la Dependencia, Facultad, Instituto o Centro al cual se encuentre adscrito el solicitante, la editorial y el fondo que financiará la publicación.
- El título de las actividades de información y difusión publicitaria, publicaciones, señalización de edificios y demás producción que se origine hacia la sociedad que lo vaya a ostentar.
- El nombre de las actividades de información y difusión publicitaria, publicaciones, señalización de edificios y demás producción que se origine hacia la sociedad.
- Manifestar en su caso, el tipo de inmueble que lo vaya a ostentar, su ubicación, número de registro y demás datos que permitan su identificación.
Requisitos específicos para contar con la autorización para el uso del logosímbolo por parte del Abogado General, en el caso de obras literariaspublicadas bajo el sello editorial de la Universidad Veracruzana de acuerdo a lo previsto por el Reglamento Editorial de la Universidad Veracruzana, aprobado en sesión del H. Consejo Universitario General celebrada el día 14 de diciembre de 2016:
Presentar por parte del titular de la entidad académica o dependencia o del interesado, solicitud por escrito donde se precise su objetivo, la editorial y el fondo que financiará la publicación dirigida a la Rectora o al Abogado General, ante la Oficina del Abogado General de la Universidad Veracruzana, para obtener la autorización del uso del Logosímbolo, a la que deberá adjuntarse:
- El registro ante la Dirección Editorial;
- El Dictamen favorable del Consejo Editorial o del Comité Editorial de entidad académica;
- La descripción de las actividades de información y difusión publicitaria de la obra, así como las publicaciones y demás producción que se origine para darla a conocer al público; y
- El registro ante el titular de la dependencia o entidad académica a la cual se encuentre adscrito, en caso de que sea el interesado el que realice el trámite.