Director y Co-Director de Tesis Definido en los artículos 196 y 197 del Estatuto del Personal Académico y Artículo 32 del Reglamento General de Estudios de Posgrado 2010.
El Director de Tesis es nombrado a solicitud del estudiante con visto bueno del Tutor en el primer semestre, previo a la presentación del Seminario de Investigación I.
La co-dirección se autoriza en los casos plenamente justificados. El Co-director es un participante externo, especialista en el tema de investigación del estudiante.
Para ser Director de Tesis o Codirector de tesis se requiere cumplir con los requisitos establecidos en el Artículo 33 del Reglamento General de Estudios de Posgrado 2010. |
Sus atribuciones son:
Investigación propuesta.
III. Hacer del conocimiento del CAP y la Coordinación de Posgrado el tema de Tesis y el
VII. Presidir, coordinar y responsabilizarse de las reuniones, actividades y obligaciones del Comité Asesor, además de las otras que se mencionen en este reglamento. Leer y revisar el escrito del trabajo de la tesis y recomendar las modificaciones pertinentes. VIII. Coordinar, junto con su alumno, la fecha y lugar del examen de defensa de tesis
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Art. 21. Lineamientos del Programa de Maestría en Ciencias
Generaciones