Definido en los art. 196 y 197 del Estatuto de Personal Académico y Art. 32 del Reglamento General de Estudios de Posgrado 2010.
Al ingresar el estudiante el tutor es autorizado por el CAP y nombrado en el primer mes después del ingreso.
Para ser tutor se requiere cumplir con los requisitos establecidos en el Art. 33 del Reglamento General de Estudios de Posgrado 2010 y mantener el equilibrio en el número de estudiantes que puede atender.
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Sus atribuciones son:
I. Asesorar al aspirante a ingresar en el programa con el tema potencial de tesis y lo guía en la elaboración del protocolo de investigación. II. Dar Vo. Bo. al protocolo de investigación para presentarlo al Comité de Admisión. III. Guiar y orientar al estudiante durante su trayectoria escolar en cada semestre.
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Art. 19. Lineamientos del Programa de Maestría en Ciencias