﻿{"id":7857,"date":"2014-01-31T18:23:18","date_gmt":"2014-02-01T00:23:18","guid":{"rendered":"https:\/\/www.uv.mx\/noticias\/?p=7857"},"modified":"2014-01-31T18:23:18","modified_gmt":"2014-02-01T00:23:18","slug":"urge-revisar-el-modelo-social-de-la-constitucion-de-1917-enrique-cordoba","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.uv.mx\/noticias\/2014\/01\/31\/urge-revisar-el-modelo-social-de-la-constitucion-de-1917-enrique-cordoba\/","title":{"rendered":"Urge revisar el modelo social de la Constituci\u00f3n de 1917: Enrique C\u00f3rdoba"},"content":{"rendered":"<ul>\n<li><i>A 97 a\u00f1os de su promulgaci\u00f3n<\/i><\/li>\n<li><i>El modelo revolucionario qued\u00f3 atr\u00e1s y hoy s\u00f3lo podemos referirnos a la Revoluci\u00f3n como un postulado ideol\u00f3gico pol\u00edtico y socialmente agotado, se\u00f1al\u00f3 el experto en Derecho Constitucional<\/i><i><\/i><\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: center\"><em><a href=\"https:\/\/www.uv.mx\/noticias\/files\/2014\/01\/enrique-cordoba-del-valle.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-medium wp-image-7853\" alt=\"enrique-cordoba-del-valle\" src=\"https:\/\/www.uv.mx\/noticias\/files\/2014\/01\/enrique-cordoba-del-valle-199x300.jpg\" width=\"199\" height=\"300\" srcset=\"https:\/\/www.uv.mx\/noticias\/files\/2014\/01\/enrique-cordoba-del-valle-199x300.jpg 199w, https:\/\/www.uv.mx\/noticias\/files\/2014\/01\/enrique-cordoba-del-valle-682x1024.jpg 682w, https:\/\/www.uv.mx\/noticias\/files\/2014\/01\/enrique-cordoba-del-valle.jpg 1357w\" sizes=\"auto, (max-width: 199px) 100vw, 199px\" \/><\/a>Enrique C\u00f3rdoba del Valle, constitucionalista.<\/em><\/p>\n<p><em><strong>Irma Villa<\/strong><\/em><\/p>\n<p>Este 5 de febrero se cumplir\u00e1n 97 a\u00f1os de que se promulg\u00f3 la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, primera norma de car\u00e1cter pol\u00edtico-social que rige actualmente en el pa\u00eds y a la que se han incorporado las m\u00e1s variadas decisiones institucionales a lo largo de las reformas a su texto. Este mismo d\u00eda tambi\u00e9n se celebrar\u00e1n 14 a\u00f1os del nacimiento de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de Veracruz que fue reformada en forma integral.<\/p>\n<p>Al respecto, el acad\u00e9mico de la Facultad de Derecho de la Universidad Veracruzana y miembro del Sistema Nacional de Investigadores (SNI), Enrique C\u00f3rdoba del Valle, destac\u00f3 que es importante que los ciudadanos conozcamos ambos documentos puesto que \u201ccoinciden en proteger los derechos de los individuos y las v\u00edas para hacerlos efectivos\u201d.<\/p>\n<p>Sobre el contenido actual de la Carta Magna coment\u00f3: \u201cSi bien han pasado 97 a\u00f1os de vigencia, las recientes reformas aprobadas y otras en proceso de promulgaci\u00f3n han posicionado a este ordenamiento como un texto que recoge aspiraciones populares de todos los sectores de la sociedad, pues originalmente las expresiones del pueblo fueron convertidas en norma en los art\u00edculos 3\u00ba, 27 y 123, y recientemente \u2013con las propuestas presidenciales\u2013, a pesar de la escasa discusi\u00f3n parlamentaria de los partidos pol\u00edticos, se produjo una gran reforma constitucional en los \u00e1mbitos energ\u00e9tico, educativo, pol\u00edtico-electoral, de telecomunicaciones, hacendario y fiscal\u201d.<\/p>\n<p>Al preguntar cu\u00e1les son los contenidos esenciales de estas reformas constitucionales, expres\u00f3 que \u201cacaso la m\u00e1s importante para el titular del Ejecutivo es la Reforma Energ\u00e9tica y de Telecomunicaciones que permitir\u00e1 la entrada de capital privado a estos sectores, sin menospreciar la Reforma Pol\u00edtico-Electoral que establece la reelecci\u00f3n de legisladores y alcaldes, la prohibici\u00f3n a los titulares de los estados de imponer o designar candidatos y autoridades electorales y la creaci\u00f3n del Instituto Nacional Electoral\u201d.<\/p>\n<p>Precisamente, prosigui\u00f3, una de las m\u00e1s criticadas por los integrantes del Instituto Federal Electoral (IFE) y de algunos organismos electorales de los estados, o del Instituto Federal de Telecomunicaciones que sustituy\u00f3 a la Comisi\u00f3n Federal de Telecomunicaciones (<i>Cofetel<\/i>), fue la ley pol\u00edtico electoral.<\/p>\n<p>C\u00f3rdoba del Valle tambi\u00e9n alert\u00f3 que \u201chabr\u00e1 que estudiar a fondo las reformas Hacendaria y Fiscal, que si bien no trastocan el texto constitucional introducen en la legislaci\u00f3n secundaria un nuevo esquema de impuestos que se aplicar\u00e1n a partir de este a\u00f1o\u201d.<\/p>\n<p>La Reforma Educativa tambi\u00e9n le genera una expectativa. Como educador, sintetiza: \u201cEs sano que el Sistema Educativo Nacional se someta a una autoevaluaci\u00f3n, pues el ingreso, permanencia y egreso de quienes integran este gremio no puede continuar a merced de unos cuantos. Por eso, por ejemplo, en la UV existen est\u00e1ndares de calidad, porque continuamente se est\u00e1n revisando sus programas educativos y el desempe\u00f1o docente, de tal manera que quien trabaja m\u00e1s, produce m\u00e1s y genera un c\u00edrculo virtuoso que le permite ser reconocido en lo individual por el Programa de Mejoramiento del Profesorado (<i>Promep<\/i>) o el SNI, y en lo colectivo por los organismos acreditadores que revisan la pertinencia de la curr\u00edcula de la entidad acad\u00e9mica a la que se pertenece\u201d.<\/p>\n<p>Desde su punto de vista, \u201cla gran Reforma Constitucional sugiere que es urgente revisar el modelo social de la Constituci\u00f3n de 1917, en virtud de que el modelo revolucionario qued\u00f3 atr\u00e1s y hoy s\u00f3lo podemos referirnos a la Revoluci\u00f3n como un postulado ideol\u00f3gico- pol\u00edtico y socialmente agotado\u201d.<\/p>\n<p>Abund\u00f3 que habr\u00e1 que esperar tambi\u00e9n la forma en que operar\u00e1n los cambios constitucionales a trav\u00e9s de las leyes secundarias que ir\u00e1 expidiendo el Congreso de la Uni\u00f3n y la protecci\u00f3n que pueda brindar la Suprema Corte de Justicia a la sociedad que arguya una violaci\u00f3n a sus derechos.<\/p>\n<p>Respecto de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica local, C\u00f3rdoba del Valle manifest\u00f3 que \u00e9sta ha cuidado mantener los c\u00e1nones de protecci\u00f3n a los veracruzanos, a trav\u00e9s de los mecanismos constitucionales de protecci\u00f3n de los Derechos Humanos, tomando en cuenta que ellos poseen caracter\u00edsticas espec\u00edficas, de rango m\u00e1ximo porque est\u00e1n regulados en la norma jur\u00eddica superior, dado que vinculan a los poderes p\u00fablicos y encuentran una tutela judicial; es decir, que son controlables judicialmente para exigir la obligatoriedad de su protecci\u00f3n.<\/p>\n<p>Este m\u00e1ximo ordenamiento estatal sienta las bases jur\u00eddicas y administrativas de los poderes p\u00fablicos locales y los actores pol\u00edticos y sociales que se encuentran al frente de ellos.<\/p>\n<p>De igual manera, concluy\u00f3, la legislaci\u00f3n particular de los estados deber\u00e1 estar acorde y en la misma sincron\u00eda de las reformas constitucionales aprobadas y vigentes, privilegiando la salvaguarda de los derechos y obligaciones de los gobernados.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>A 97 a\u00f1os de su promulgaci\u00f3n El modelo revolucionario qued\u00f3 atr\u00e1s y hoy s\u00f3lo podemos referirnos a la Revoluci\u00f3n como un postulado ideol\u00f3gico pol\u00edtico y socialmente agotado, se\u00f1al\u00f3 el experto en Derecho Constitucional &nbsp; Enrique C\u00f3rdoba del Valle, constitucionalista. 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