REGLAMENTO INTERNO DE LA MAESTRÍA DE HORTICULTURA TROPICAL
CAPÍTULO I
DE LOS ALUMNOS
ARTICULO PRIMERO. Un alumno de la Maestría Profesionalizante en Horticultura Tropical, es aquel profesional que con el perfil de ingreso ha satisfecho los requisitos de admisión y se ha inscrito en este programa de posgrado.
ARTICULO SEGUNDO. Los requisitos de ingreso que los aspirantes a cursar la Maestría en Horticultura Tropical, deberán satisfacer son:
a. Mostrar interés por el estudio de la problemática y tecnologías integrales de la horticultura, incremento de la productividad y la calidad, además de participar directamente en el proceso de rentabilidad y cuidado del ambiente.
b. Poseer conocimientos básicos acerca del manejo agronómico de cultivos, edafología, fertilización, plagas, enfermedades y control, conocer la problemática de los sistemas de producción hortícola, especialmente sobre las especies más importantes en el ámbito de la horticultura tropical.
Conocimientos básicos del idioma inglés (lectura, comprensión de textos y comunicación oral) y conocimientos de computación (procesador de textos, hoja de cálculo).
c. Habilidades de expresión oral y escrita y para la investigación documental y de campo.
d. Actitudes de responsabilidad, respeto, creatividad, capacidad innovadora, capacidad emprendedora, capacidad de análisis y síntesis, madurez de criterio, iniciativa, superación en la calidad de su desempeño.
ARTÍCULO TERCERO. Para ingresar a la Maestría de Horticultura Tropical los aspirantes deben presentar el examen de admisión EXANI III de Ceneval, realizar una entrevista personal con el Comité de Admisión de la Maestría, presentar un examen psicométrico desarrollado por el Departamento Psicopedagógico, demostrar conocimientos básicos de inglés y presentar los siguientes documentos:
Identificación oficial
CURP
Título profesional
Certificado de estudios de licenciatura
Curriculum vitae
Acta de nacimiento o de naturalización; los extranjeros deberán presentar la forma migratoria correspondiente
Llenar el formato de solicitud de ingreso
ARTÍCULO CUARTO. Los alumnos del programa de Maestría de Horticultura Tropical tienen los siguientes derechos:
a) Solicitar, al momento de su inscripción, un profesor tutor para que apoye su trayectoria académica, mismo que es avalado y asignado por el Comité Académico de la Maestría al momento de su ingreso.
b) Una vez que su proyecto recepcional ha sido registrado, solicitar por escrito su Comité Tutoral, mismo que será avalado por el Comité Académico de la Maestría.
c) Solicitar por escrito el cambio de su Comité Tutoral en el primer trimestre de estudios.
d) Ser orientado por su Comité Tutoral en la realización de todas sus actividades académicas.
e) Contar con material didáctico, de laboratorio y de campo.
f) Recibir al término de cada semestre, la constancia de las materias cursadas y calificaciones obtenidas durante el período.
g) Cursar experiencias educativas en otros posgrados de la Universidad Veracruzana, cursos de actualización, capacitación o posgrado de otras institucionales nacionales o extranjeras, o realizar estancias de trabajo o investigación en empresas o instituciones.
Los créditos son asignados en función de las horas y actividades realizadas y deben contar con el aval del Comité Académico.
h) Recibir las constancias, diplomas o certificados a que se haga acreedor dentro de la Maestría.
i) Los estipulados en el Reglamento General de Estudios de Posgrado de la Universidad Veracruzana.
ARTÍCULO QUINTO. Los alumnos del programa de Maestría de Horticultura Tropical tienen las siguientes obligaciones:
a) Formular junto con su Comité Tutorial el programa académico que realizará durante su estancia en la Maestría, a más tardar dentro del primer semestre, el cual consiste de su plan de cursos y su proyecto recepcional para su titulación.
b) Cumplir con asistencia mínima del 80% a clases y prácticas.
c) Participar individual y grupalmente en las actividades académicas, elaborar el proyecto terminal y presentar los exámenes señalados o evaluaciones en cada uno de los programas de estudio del Postgrado.
d) Acreditar el total de las experiencias educativas de cada período semestral, para inscribirse al siguiente semestre.
e) Acudir a las sesiones de asesoría y presentar los avances del trabajo de proyecto recepcional por semestre.
f) Hacer buen uso de las instalaciones y equipo de la Maestría y de la Universidad.
g) Cumplir con lo establecido en el Reglamento General de Estudios de Posgrado y Reglamento Interno de la Maestría.
CAPÍTULO II
DEL INTERCAMBIO ACADÉMICO
ARTICULO SEXTO. Los alumnos pueden cursar, de forma optativa, la experiencia educativa de Formación Especial, que les permite realizar cursos, capacitaciones y/o estancias de trabajo o investigación en otros posgrados de la Universidad Veracruzana y externos. Los alumnos, también podrán realizar cursos en otras instituciones nacionales o extranjeras, siempre y cuando se cumpla con los requisitos del Reglamento de Revalidación y Reconocimiento de Estudios de la Universidad Veracruzana.
ARTICULO SEPTIMO. Para cursar la asignatura de Formación Especial, el alumno debe presentar ante el Comité Académico, una solicitud con el visto bueno de su tutor que incluya lugar, objetivo, justificación, actividades a realizar y aceptación. El Comité Académico analiza la petición y da su respuesta por escrito.
ARTICULO OCTAVO. A partir del segundo semestre, el alumno puede cursar la asignatura de Formación Especial, hasta tres veces (una por semestre), de acuerdo a su plan de estudios, siempre y cuando la solicitud se realice tres meses antes de iniciar el semestre.
CAPÍTULO III
DEL SISTEMA TUTORIAL
ARTICULO NOVENO. El sistema tutorial del posgrado está integrado por los profesores del posgrado adscritos a la Facultad de Ciencias Biológicas y Agropecuarias y su función es la de guiar la trayectoria académica del estudiante y asegurar la obtención del grado.
ARTICULO DÉCIMO. El Comité Académico de la Maestría asigna, en el primer mes de su ingreso, un tutor a cada alumno. Posteriormente se nombrará un comité tutoral que estará integrado por dos profesores del posgrado y un profesor externo. El Comité Tutorial ofrece una orientación sistemática y permanente en el aprendizaje y desarrollo de los trabajos del proyecto recepcional de los estudiantes y garantiza altos índices de titulación de sus egresados. Los criterios para la asignación del tutor y comité tutoral son los siguientes:
a. En el momento de su ingreso, el alumno puede escoger a un profesor tutor para que apoye su trayectoria académica. Este tutor debe ser un profesor del posgrado adscrito a la Facultad de Ciencias Biológica y Agropecuarias y preferentemente un profesor del núcleo académico, que puede o no ser el director de su proyecto recepcional y debe ser avalado por el Comité Académico de la Maestría.
b. Durante los primeros tres meses del primer semestre, el alumno puede solicitar por escrito, y con el visto bueno del tutor, uno o dos profesores asesores para que integren su comité tutoral. El Comité Académico asigna un comité tutoral a cada estudiante en los primeros tres meses del primer semestre, cuidando que los profesores asesores cumplan con el perfil del alumno. En caso de no haber solicitud por parte del alumno, el Comité Académico asigna el comité tutoral, de acuerdo a la orientación del alumno.
c. El tutor del alumno, siempre es un profesor del Programa, con el grado académico de maestría y/o doctorado. Sin embargo, el alumno puede justificar la necesidad de incluir un asesor externo que debe tener el grado académico de maestría y/o doctorado, demostrar formación, experiencia y producción académica, vinculados con el tema del proyecto terminal que asesoran y contar con la autorización del Comité Académico.
d. El alumno tiene derecho a solicitar por escrito al Comité Académico de la Maestría cambio de su tutor o asesores en el primer trimestre del posgrado.
ARTÍCULO UNDÉCIMO. Las principales funciones del profesor tutor son las siguientes:
a. Apoyar la trayectoria académica del alumno, impulsándolo a realizar un trabajo de calidad.
b. De acuerdo con el alumno, presentar por escrito, durante el primer semestre, al Comité Académico del Posgrado, el programa de estudios que debe contener un mínimo de 100 créditos, de acuerdo a los lineamientos del Plan de Estudios.
c. Organizar y efectuar un calendario semestral de tutoría a los alumnos asignados, que debe incluir el seguimiento al avance del proyecto recepional.
d. Presentar semestralmente el informe de evaluación del avance académico de sus alumnos al Comité Académico del Posgrado.
e. Participar en reuniones con los tutores para tomar cualquier medida pertinente al Posgrado.
CAPÍTULO IV
DEL PROYECTO RECEPCIONAL
ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO. El Proyecto Recepcional es una tesis teórico-práctica, un reporte profesional, tesina o memoria que el alumno realiza, con el apoyo de un director del proyecto, y que presenta por escrito y defiende ante un jurado, como requisito para su titulación.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO. El director del Proyecto Recepcional, puede ser el tutor, o bien, uno de los profesores del programa de la Maestría en Horticultura Tropical. Bajo circunstancias especiales, el Comité Académico decide la asignación de un director externo del Proyecto Recepcional de un estudiante; en este caso, también se asigna un Director Interno. El Tutor se compromete a dirigir y titular como máximo a seis alumnos con distintos proyectos terminales adscritos a su línea de trabajo profesional y de investigación y formar parte del Comité Tutoral como asesor de dos a tres estudiantes de otras líneas de trabajo profesional, sin exceder una carga de cinco estudiantes. El director del Proyecto Terminal debe procurar que los proyectos aprobados en los exámenes de grado, se publiquen en revista científica o de divulgación de calidad.
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO. El Proyecto Recepcional, una vez revisado y aprobado por el director, es registrado, por el alumno, ante la coordinación de la Maestría, durante el primer semestre. El alumno debe presentar, por escrito y con el visto bueno de su director, al fin de cada semestre los avances en su proyecto; y dispone hasta seis meses después de haber cursado su última experiencia educativa para defender su Proyecto Recepcional; de no ser así debe solicitar una prórroga o el proyecto puede ser cancelado.
CAPÍTULO IV
DE LA OBTENCIÓN DEL GRADO
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO. Son requisitos para obtener el grado de Maestría en Horticultura Tropical:
a. Haber acreditado al menos 100 de los créditos del plan de estudios que el Comité Tutorial le asignó y que fueron aprobados por el Comité Académico del Posgrado; y que todas las experiencias educativas hayan sido aprobadas con una calificación mínima de 70.0.
b. Realizar un trabajo de proyecto recepcional, acorde a la orientación de su trayectoria académica, aprobarlo en forma escrita y defenderlo ante un jurado integrado por tres lectores del trabajo escrito; de los cuales uno debe pertenecer a otra institución educativa, de investigación o empresa.
c. Entregar a la Secretaria de la Facultad de Ciencias Biológicas y Agropecuarias siete copias del trabajo escrito (cuatro impresas y tres en disco compacto).
d. Cubrir los pagos arancelarios y cuotas correspondientes.
e. No tener adeudos pendientes.