- Lo conforman un conjunto de normas internacionales de derechos humanos, y está contemplado en el Artículo 4 de la Constitución Política
José Luis Couttolenc Soto
10/11/2021, Xalapa, Ver.- El derecho a la salud es un derecho humano de naturaleza social que tiene un rol fundamental e indispensable para el desarrollo de una vida digna y constituye un requisito esencial para el ejercicio de los demás derechos humanos, aseguró Arturo Miguel Chipuli Castillo, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la Universidad Veracruzana (UV).
El Doctor en Derecho y Maestro en Derechos Humanos y Democracia, precisó que el derecho a la salud se encuentra contemplado por un conjunto significativo de normas internacionales de derechos humanos y está inscrito en el párrafo cuarto del Artículo 4 de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos; se realiza principalmente a través de mecanismos normativos, políticas públicas e instituciones, que permiten el disfrute del “nivel más alto posible de salud”.
En este sentido, dijo el investigador universitario, el Artículo 4 constitucional remite una obligación de carácter legislativo para establecer las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud en México.
Hizo notar que si bien la legislación es importante para el establecimiento de los elementos de garantía del derecho a la salud, son las políticas públicas en materia de salud las que cierran la brecha entre norma y realidad, “políticas que pueden leerse como mecanismos de garantía de los derechos humanos, a través de las cuales se pueden materializar las obligaciones del Estado en materia de salud”.
Mencionó que en este rubro, una de las políticas públicas más importantes a nivel nacional es el Programa Sectorial de Salud, que se desprende del Plan Nacional de Desarrollo y comprende los objetivos, prioridades, estrategias y acciones que las diversas instancias de la administración pública federal deben ejecutar para la realización del derecho a la protección de la salud.
Sin embargo, Chipuli Castillo reconoció que el derecho a la salud en México observa actualmente importantes retos y áreas de oportunidad, al tiempo que mencionó que uno de los objetivos principales, planteados desde el inicio por la actual administración federal, fue establecer una política de acceso universal a la atención médica y hospitalaria gratuita, incluido el suministro de medicamentos, creando para ello el Instituto Nacional de Salud para el Bienestar (Insabi), que sustituyó al Seguro Popular, así como la eliminación de tres programas presupuestarios relacionados a los servicios de salud.
No obstante lo loable de los objetivos previstos, apuntó, los datos oficiales ofrecen una visión distinta, dado que en los resultados de la medición de la pobreza del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), periodo 2018-2020, se advierte un incremento importante en la falta de acceso a los servicios de salud, brecha que se amplió pasando del 16.2 por ciento en 2018, al 28.2 por ciento en 2020, que representa un aumento aproximado de 15.6 millones de personas (20.1 millones en 2018 a 35.7 en 2020) sin acceso a los servicios de salud.
El Especialista en Derecho Constitucional opinó que estos datos reflejan deficiencias en la implementación de la política de salud en el país, y conlleva la oportunidad para que el gobierno pueda replantearse algunas de las acciones y estrategias emprendidas, primordialmente con relación a la reducción y subejercicio del presupuesto, el condicionante de la atención de enfermedades de alta especialidad, así como el desabasto de medicamentos.
De lo contrario, puntualizó, no sólo el Estado mexicano estará incurriendo en responsabilidad por el incumplimiento de las obligaciones en materia de derechos humanos, sino que sus omisiones tendrán graves consecuencias en la vida de las personas. “Las políticas públicas suponen instrumentos que permiten ser evaluados y replanteados ante los errores, defectos u omisiones en su diseño; sin embargo, se requiere de voluntad política para subsanar todo aquello que merezca un redireccionamiento”.
Categorías: Principales