- Enfatizó Humberto Morales Moreno, miembro del Centro de Estudios Estratégicos de la BUAP
- Dictó la conferencia “Pluralismo jurídico” en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UV

Humberto Morales Moreno, miembro del Centro de Estudios Estratégicos de la BUAP
Paola Cortés Pérez
Fotos: Omar Portilla Palacios
27/03/2025, Xalapa, Ver.- Es fundamental que los métodos procesales de todas las comunidades sean reconocidos y respetados para garantizar una verdadera justicia incluyente y plural, enfatizó Humberto Morales Moreno, miembro del Centro de Estudios Estratégicos de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla (BUAP).
Invitado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la Universidad Veracruzana (UV) y la Universidad Veracruzana Intercultural (UV-Intercultural), dictó la conferencia “Pluralismo jurídico”.
En el auditorio del IIJ, comentó que la interculturalidad ha llegado para quedarse, a pesar de las resistencias históricas, especialmente a partir del triunfo del neoliberalismo.
El pluralismo jurídico es la coexistencia de varios sistemas de justicia en un mismo país. En México esto es especialmente importante porque existen muchas comunidades indígenas que tienen sus propias formas de resolver conflictos.

La conferencia la impartió a estudiantes y académicos de la Universidad Veracruzana
Morales Moreno explicó que el pluralismo jurídico en el país viene desde la época colonial, específicamente cuando el rey estableció dos formas de convivencia: entre los españoles y los funcionarios que trabajaban para el imperio en América; y la tradición de los gobiernos americanos. Sin embargo, en la práctica ambas comunidades convivían y se crearon formas mixtas de resolver conflictos.
Cuando llegaron los Borbones al trono de España quisieron limitar el poder de la Iglesia y fortalecer el control del Estado; no obstante, en América la Iglesia tenía mucho poder, lo que generó diferentes reglas de convivencia. Como resultado, los pueblos indígenas combinaron leyes coloniales con sus propias costumbres para solucionar problemas dentro de sus comunidades, detalló.
Con la Independencia de México, el gobierno intentó imponer un solo sistema de justicia basado en leyes escritas. A pesar de esto, “muchas prácticas de justicia alternativa, como la mediación y la conciliación, vienen de estas antiguas costumbres”.
En tanto, la Revolución Mexicana y la Constitución de 1917 buscaron individualizar los derechos sociales, pero en la realidad el Estado optó por corporatizarlos para mantener el control político de los sindicatos, campesinos y trabajadores.

Humberto Morales estuvo acompañado de Arturo Miguel Chípuli Castillo, director del IIJ, y Daniel Bello López, director general de la UV-Intercultural
En 1992, el Artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoció oficialmente a las comunidades indígenas y sus sistemas de justicia propios.
Morales Moreno dijo que, en la etapa neoliberal, el pluralismo jurídico es de carácter estrictamente procesal, es decir, las comunidades pueden tener prácticas procesales para inhibir conflictos de acuerdo a sus usos y costumbres, pero al emitir sentencias por faltas o deliticos menores pueden hacerlo mediante la mediación y la conciliación; si los involucrados no están de acuerdo con la resolución tienen derecho a recurrir a la jurisdicción ordinaria para dirimir el conflicto.
México necesita aceptar y respetar los sistemas de justicia de sus comunidades. A pesar de que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece un sistema legal único, es fundamental que se valore la forma en que los pueblos originarios administran la justicia para lograr un país más justo y equitativo para todos.
Categorías: General, Principales