- Las consideradas graves son descripciones prohibitivas de conductas consistentes en acción u omisión cometidas por servidores públicos
- IIJ presentó el libro La dogmática disciplinaria. El principio de la tipicidad en las faltas administrativas, de Lizbeth Padilla Sanabria
José Luis Couttolenc Soto
Foto: Omar Portilla Palacios
11/03/2022, Xalapa, Ver.- Arturo Miguel Chipuli Castillo, director del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la Universidad Veracruzana (UV), considera que el desarrollo del principio de tipicidad es uno de los temas pendientes relacionados con las faltas administrativas, las que, consideradas como graves, son descripciones prohibitivas de conductas consistentes en acción u omisión cometidas por servidores públicos.
El Doctor en Derecho y especialista en Derecho Constitucional, expresó lo anterior el jueves 3 de marzo durante la presentación del libro La dogmática disciplinaria. El principio de la tipicidad en las faltas administrativas, autoría de Lizbeth Xóchitl Padilla Sanabria, investigadora y profesora de la Maestría Anticorrupción del Instituto Nacional de Ciencias Penales.
La obra, opinó Chipuli Castillo, se distingue por tres razones: es de fácil lectura, con un lenguaje claro y sencillo en el desarrollo de un tema complejo como lo es el principio de tipicidad de las faltas administrativas desde el derecho positivo y vigente; es innovadora; y constituye un aporte sustancial al desarrollo del derecho disciplinario mexicano y al de la dogmática disciplinaria.
Participaron también como comentaristas Lourdes Morales Canales, coordinadora de la Red por la Rendición de Cuentas, y Carlos Antonio Vázquez Azuara, investigador del IIJ y ex miembro de la Comisión de Selección del Sistema Estatal Anticorrupción.
La dogmática disciplinaria. El principio de la tipicidad en las faltas administrativas, es un libro de 158 páginas que en cinco capítulos aborda el principio de tipicidad desde los elementos jurídicos que exige para su observancia: la convencionalidad; la constitucionalidad; la jurisprudencia y tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y los Tribunales de Circuito; el análisis dogmático desde los elementos objetivos, subjetivos y normativos del tipo disciplinario.
La autora señala que no obstante, en la dogmática disciplinaria se utilizan los principios del derecho penal; el análisis de tipicidad tiene marcadas diferencias, sobre todo en cuanto a la función pública se refiere, en donde elementos como el deber funcional y la ilicitud sustancial son algunos de los términos que constantemente se utilizan para el análisis dogmático de las faltas disciplinarias.
Padilla Sanabria destaca que con su libro pretende que las autoridades disciplinarias actúen con buenas prácticas y se evite al máximo la violación a los derechos humanos de los imputados, con el fin de no causar impunidad en los actos de corrupción, y que, mediante la aplicación certera de la norma disciplinaria, se emitan correctamente informes de presunta responsabilidad administrativa y que las resoluciones sean apegadas a la legalidad constitucional y convencional.
Dijo que también está dirigido a estudiantes, operadores jurídicos del derecho disciplinario, defensores en materia de responsabilidades administrativas y, en general, a todos los juristas e interesados en el derecho disciplinario pero, sobre todo, es una obra que pretende contribuir con la máxima humildad al desarrollo y avance del derecho disciplinario mexicano.
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