- En la Facultad de Derecho se dirigen tesis de alumnos que abordan el tema, porque están conscientes del problema
- “De ahí pueden surgir propuestas de solución”: José Luis Cuevas Gayosso
José Luis Couttolenc Soto
Foto: Omar Portilla palacios
18/04/2022, Xalapa, Ver.- José Luis Cuevas Gayosso, docente e investigador de la Facultad de Derecho de la Universidad Veracruzana (UV), considera necesario que Veracruz cuente con un código de procedimientos en materia familiar, “porque no sólo la vía incidental o la ordinaria requieren de especificaciones”.
Reconoció que ante la inexistencia de un código con estas características, en la entidad académica se dirigen tesis de alumnos de licenciatura sobre el tema, que también abordan en sus prácticas profesionales, en servicio social al interior de juzgados y despachos jurídicos, “porque se dan cuenta de la existencia del problema y eso le da un enfoque interesante a la experiencia recepcional, ya que de ahí pueden surgir propuestas de solución”.
Con experiencia de más de 35 años en la docencia, investigación y litigio, el Doctor en Derecho Público habló sobre avances y pendientes del derecho familiar en Veracruz, y se refirió también al modelo educativo universitario que se encuentra cifrado no sólo en el qué hacer, sino también en el cómo hacer para llevar a cabo el aprendizaje de manera aplicada.
Asumió que los conocimientos que se adquieren son importantes, pero existen lagunas en los aspectos procesales formarles para ejecutarlos.
Recordó que después de décadas, el Código Civil del Estado de Veracruz tuvo una reforma importante en 2020, cuando fueron insertadas nuevas concepciones del derecho de familia, que debían contar con una regulación (protección) para ser acogidas dentro de las nuevas formas de relaciones familiares.
En Sesión del Congreso del Estado del 28 de mayo de 2020, las reformas al Código Civil fueron aprobadas con 35 votos a favor, 14 en contra y cero abstenciones, y publicadas en la Gaceta Oficial el 10 de junio del mismo año. A partir de entonces se dieron transformaciones como las circunstancias propias del divorcio incausado, concubinato y la pensión alimenticia compensatoria.
Cuevas Gayosso destacó que este ejercicio fue consecuencia de las transformaciones sociales, debates públicos en los que participaron grupos con opiniones encontradas, “pero fue un ejercicio democrático sin que haya sido el Estado el que lo convocó, sino la sociedad misma a través de sus organizaciones, medios de comunicación y debates académicos en sus universidades”.
Con relación al divorcio incausado, dijo que su parte sustantiva está basada en principios: libre desarrollo de la persona, protección a la familia y sobrevivencia de la pareja con el mismo estatus del matrimonio. En tanto, en la parte adjetiva está el cómo llevar a la práctica el proceso, en donde lo que no acuerden las partes tendrá que ser llevado por la vía incidental.
Respecto al concubinato, se le reconocen derechos equiparados con el matrimonio, además de que quedó establecido como la unión de dos personas –un hombre con una mujer, entre dos mujeres o dos hombres–, aunque continúa siendo monogámico, y la equiparación entre los derechos y deberes que surgen del mismo.
En cuanto a la pensión alimenticia compensatoria, se hizo una ampliación que incluye el esparcimiento, el tiempo de reclamación de alimentos si el hijo continúa con sus estudios, transporte que requiere durante ese lapso, así como las necesidades que presente para el inicio de su ejercicio profesional. De igual manera, cuando se dé la separación de los cónyuges o concubinos, ambos deben tener equilibrio en los bienes.
“Hay importantes avances en materia de derecho familiar en el estado de Veracruz, sobre todo a partir de la reforma de 2020, pero necesitamos encontrar las propuestas que vengan de la academia, de los estudiantes, de los colegios de abogados para que se adecúen las necesidades en la parte adjetiva de cómo aplicar esa parte sustantiva en la parte adjetiva”, concluyó Cuevas Gayosso.
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