CONSTITUCIÓN |
En acatamiento a la Ley General de Salud (1), en lo sucesivo la Ley, y siguiendo la aprobación de la máxima autoridad colegiada universitaria (2), la Junta Académica (16 de mayo del 2014) de la Facultad de Psicología de la Universidad Veracruzana, en lo sucesivo la Junta, se conformó el Comité de Ética. El 25 de junio del 2014 se instaló el Comité de Ética de esta Facultad. Es un Organismo permanente con interés y compromiso por el desarrollo de la investigación. Está encargado de velar por los aspectos éticos inherentes a las investigaciones que se desarrollan en la propia Facultad y en otras instituciones. Su función es salvaguardar la dignidad, derechos, seguridad y bienestar de quienes estén involucrados como sujetos experimentales en investigaciones que se realicen con seres humanos y con animales de experimentación, para los cuales también existe una normatividad federal (3), en lo sucesivo la Norma. Dado que se trata de una Ley Federal, los lineamientos son los mismos para cualquier proyecto de investigación que se realice dentro de las fronteras mexicanas. Dicha Ley, establece la necesidad de elaborar una Manual de Normas y Procedimientos. En la reunión de instalación, el Comité de Bioética decidió aprovechar la experiencia de Instituciones con mayor experiencia y dado que uno de los integrantes (CMC) pertenece a esta Institución Universitaria se obtuvo autorización de la Dirección para usar el Código Ético para el Personal Académico del Instituto de Investigaciones Biomédicas, UNAM (4), en lo sucesivo el Manual, para regir las actividades del Comité de Ética. Este Manual es vigente y está apegado a las leyes que rigen en la materia. |
PRINCIPIOS |
El Comité de Ética se regirá bajo los tres principios bioéticos básicos ( 5) para la atención a la salud y a la comunidad: Beneficiencia. Los productos esperados de la investigación deben buscar, siempre, mejorar el bienestar de la persona que participe en ella y nunca afectarle de modo alguno. Por lo tanto, todo protocolo de investigación deberá detallar un marco teórico que justifique el estudio, la descripción detallada de la metodología a seguir y los beneficios que se espera que emanen del estudio. Autonomía. La persona incluida en el estudio, aun en deficiencia de plenitud de sus facultades tiene el derecho de tomar sus propias decisiones y éstas tienen prioridad sobre las del investigador. Puede rehusarse a participar en un estudio e incluso abandonarlo, si así lo desea, sin afectar la relación con quienes realizan el estudio. Básicamente este principio asegura el respeto a la integridad del individuo y aún va más allá, hacia el respeto a la naturaleza como un todo, por lo tanto quien se involucre en un estudio deberá conocer los límites, alcances y riesgos a los que puede ser expuesto y de ser el caso deberá manifestar su acuerdo por escrito (carta de consentimiento informado). Justicia. Toda acción de investigación deberá ser equitativa y sus resultados deberán ser accesibles para todos aquellos que lo necesiten. Este último principio es el que regula las acciones que tienen que ver con la salud de la colectividad y desde luego que no se afecte a terceros. Evidentemente todo proyecto de investigación deberá cumplir con estos principios bioéticos para poder ser avalado por el Comité de Ética mediante la presentación de un protocolo cuyo formato ya está establecido. Escobar-Yéndez, N., Olivera-Alonso, A., & García, Z. (1998) Aspectos Bioéticos y socioeconómicos de la salud. Medisan, 2(3), 36-44. Disponible en: |
OBJETIVOS |
|
FUNCIONES |
|
ATRIBUCIONES |
De acuerdo a la Ley y el Manual
|
CALENDARIO ANUAL DE SESIONES ORDINARIAS |
|