Origen de la propuesta de diseño o rediseño de un plan de estudios del nivel Técnico, Técnico Superior Universitario (TSU) y Licenciatura.
Cuando la iniciativa se origina en atención a saberes emergentes que perfilan una nueva profesión.
Secretaría Académica (SA)
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- Convoca a las Direcciones Generales de Áreas Académicas implicadas para formalizar una Comisión para el desarrollo curricular y designa al/la coordinador(a) general de la misma.
- Convoca a las Direcciones Generales de Áreas Académicas implicadas para formalizar una Comisión para el desarrollo curricular con académicos adscritos a distintas entidades académicas de la misma área académica y designa al/la coordinador(a) general de la misma
- Formaliza la Comisión para el desarrollo curricular, en el caso de los planes de estudio donde se requiera la participación de académicos adscritos a distintas áreas académicas.
Cuando la iniciativa se origina desde una entidad académica.
Dirección de la entidad académica
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- Convoca a sesión de Junta Académica para presentar la(s) necesidad(es) académica(s) que motivan el proceso de diseño o rediseño curricular de plan(es) de estudio, en atención a:
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- Lo estipulado en el reglamento de planes y programas.
- Las evaluaciones que realizan las academias sobre el desarrollo pertinente de la profesión y las disciplinas.
- Las iniciativas derivadas de los cuerpos académicos (CA) y sus relaciones con otros.
- Los indicadores de calidad identificados por organismos externos.
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Junta Académica
- Valora la pertinencia del diseño o rediseño del plan de estudios y sus programas de experiencias educativas.
- Integra la Comisión para el desarrollo curricular conformada por representantes de distintas academias, preferentemente con Académicos de Tiempo Completo, y se designa una figura de coordinación general.
- Formaliza mediante el acta correspondiente a la Comisión para el desarrollo curricular y al/la coordinador(a) general.
Dirección General del Área Académica (DGAA)
- Recibe el/las acta(as) de la(s) Junta(s) Académica(s).
- En caso de que los planes de estudio se ofrezcan en varias regiones y/o sedes, y/o en distintas modalidades educativas, convoca a una Comisión Estatal que convoque a todas para la toma de acuerdos, determinación de acciones conjuntas y la elección de un representante que será el enlace con el Coordinador de planes y programas del área académica.
- Presenta a la Comisión para el desarrollo curricular o a la Comisión Estatal al Coordinador Académico de Planes y Programas (PyP) de la DGAA, figura que dará seguimiento a las visiones institucionales de la dimensión académica, administrativa, financiera y operativa de la propuesta.
- Turna las actas de Junta Académica y/o Comisión Estatal a la Dirección General de Desarrollo Académica e Innovación Educativa (DGDAIE) para definir las estrategias de trabajo conjunto.
Dirección General de Desarrollo Académico e Innovación Educativa / Dirección de Innovación Educativa / Departamento de Desarrollo Curricular
- Recibe el(las) acta(s) y establece comunicación con el Coordinador académico de planes y programas de las DGAA para la planeación de las estrategias conjuntas y oportunas que garanticen la viabilidad de la propuesta curricular en función de tiempos, necesidades y requerimientos.
- En colaboración con el Coordinador académico de planes y programas de las DGAA, facilita asesoría educativa-pedagógica a las comisiones para el trabajo de desarrollo curricular, en reuniones presenciales o vía remota.
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- Establecer y dar seguimiento a una propuesta de trabajo colaborativo que contempla el proceso de desarrollo curricular estimado en una duración de 6 meses prorrogables a 8 meses. En caso de no cumplir con la temporalidad, se tendrá que revalorar la pertinencia y vigencia de la propuesta curricular, con la intención de continuar o reiniciar las actividades necesarias.
- Proporcionar asesorías sobre la construcción del proyecto curricular en apego al Reglamento de Planes y Programas de Estudio, la metodología de diseño curricular vigente y demás normatividad institucional pertinente.
- Identificar conjuntamente con la Comisión para el desarrollo curricular y el Coordinador académico de planes y programas de la DGAA correspondiente, las condiciones operativas de la propuesta curricular que se determinan como viables para su puesta en marcha.
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- Comunicar de manera permanente a Secretaría Académica, Vicerrectores y Directores Generales, el proceso de desarrollo curricular para su conocimiento, gestión e intervención.
- Otorga el dictamen de pertinencia curricular para continuar la formalización del plan de estudios.
Comisión para el Desarrollo curricular
- Sistematiza y comunica los avances del diseño o rediseño curricular al Coordinador académico de planes y programas de la DGAA, a la Dirección de Innovación Educativa (DIE), Departamento de Desarrollo Curricular (DDC) y al Director de la entidad, para las acciones que correspondan a las partes.
- Organiza junto con el Coordinador académico de PyP, las reuniones necesarias, presenciales o en línea, para la toma de decisiones consensadas, incluidas las Comisiones estatales que correspondan.
- Socializa con las Academias avances, necesidades de participación y/o requerimientos curriculares.
- Valora e integra recomendaciones de las Academias a la propuesta curricular en desarrollo.
- Atiende observaciones y recomendaciones de la DIE – DDC para garantizar la pertinencia de la propuesta curricular.
- Envía la propuesta curricular final a la DGAA para su revisión o visto bueno.
Dirección General del Área Académica
- Envía la solicitud de dictamen de pertinencia curricular de la propuesta, acompañada de la versión final del Plan de estudios a la DGDAIE.
Dirección General de Desarrollo Académico e Innovación Educativa / Dirección de Innovación Educativa / Departamento de Desarrollo Curricular
- La DIE y el Departamento de Desarrollo Curricular, valoran la propuesta final del plan de estudios en un periodo aproximado de un mes laboral y emite por escrito el dictamen de pertinencia curricular que tiene una vigencia de un año y que puede ser:
a) Aprobación del proyecto curricular con recomendaciones:
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- La DGDAIE devuelve la propuesta curricular a la DGAA con las observaciones y recomendaciones para la mejora del proyecto curricular.
- Una vez atendidas las recomendaciones, comunica a la DGAA que se puede continuar con el proceso de formalización del plan de estudios.
b) Aprobación del proyecto curricular:
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- La DGDAIE emite el dictamen de pertinencia curricular y especifica las condiciones operativas de la propuesta curricular, así como el nombre completo y grado académico de los integrantes de la Comisión de Desarrollo Curricular.
- Envía el dictamen de pertinencia curricular a las partes implicadas: Director del Área y Directores de entidades, con copia a la Secretaría Académica y las Vicerrectorías para proceder en la formalización del plan de estudios.
Dirección General del Área Académica
- En caso de que el dictamen de pertinencia curricular del plan de estudios cuente con recomendaciones:
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- La DGAA, a través del Coordinador académico de planes y programas de la DGAA, convoca a la Comisión de Desarrollo Curricular para atender las observaciones y recomendaciones derivadas del DDC, Junta(s) Académica(s) y Comisión Académica del Consejo General Universitario del Área Académica.
- La DGAA envía el plan de estudios con las recomendaciones atendidas a la DGDAIE en un periodo máximo de 1 mes, con la intención de continuar con el proceso de formalización del plan de estudios.
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- Analiza la viabilidad y requerimientos presupuestales y de infraestructura para la operación del plan de estudios con la asesoría de las Direcciones Generales de las Secretarias de Administración y Finanzas; y de Desarrollo Institucional, implicadas.
- Presenta a la Secretaría Académica el análisis presupuestal y de infraestructura para su conocimiento y aprobación.
Secretaría Académica
- Gestiona ante la Secretaría de Administración y Finanzas el análisis presupuestal y de infraestructura correspondiente, para su autorización.
Secretaría de Administración y Finanzas
- Emite por escrito la autorización sobre la viabilidad presupuestal y requerimientos para la operación del proyecto curricular e informa a la Secretaría Académica e instancias involucradas.
Dirección General del Área Académica
- Recibe el dictamen de pertinencia curricular de la DGDAIE y lo turna a las Entidades Académicas implicadas.
Dirección de Entidad Académica
- Convoca a sesión de Junta Académica para dar a conocer los términos del dictamen de pertinencia curricular de la DGDAIE para someter a aprobación el proyecto curricular. Cuando el proyecto curricular se ofrezca en varias regiones y modalidades educativas, se debe realizar una Junta Académica en cada región.
Junta Académica
- Recibe de la Dirección de la entidad académica el dictamen de pertinencia curricular emitido por la DGDAIE, el plan de estudios así como su proyección operativa, y emite su dictamen que puede ser:
a. Aprobación del proyecto curricular.
i. Emite su resolución y entrega la propuesta curricular aprobada a la Dirección de la entidad académica.
b. Aprobación del proyecto curricular con recomendaciones
i. Emite observaciones y recomendaciones al proyecto curricular.
ii. Devuelve el proyecto curricular a la Comisión de desarrollo curricular para la atención de recomendaciones.
c. No aprobación del proyecto curricular con la argumentación correspondiente que la sustenta.
Comisión de desarrollo curricular.
- Analiza y atiende en su caso, las observaciones y recomendaciones emitidas por la Junta Académica, en atención a los tiempos institucionales para la presentación de propuestas a la Comisión Académica de Área del Consejo General Universitario (CAACUG) correspondiente.
Cuando se trate de dos o más entidades académicas, la DGAA convoca a la Comisión Estatal para la atención de las recomendaciones de la Junta(s) Académica(s).
Dirección de la entidad académica
- Envía el acta de la Junta Académica a la DGAA.
Dirección General del Área Académica
- En coordinación con la SA convoca a la Comisión Académica de Área del Consejo Universitario General (CAACUG) para la aprobación del plan de estudios.
- Orienta a la comisión de desarrollo curricular para la presentación del plan de estudios en la CAACUG.
Comisión Académica de Área del Consejo Universitario General
- Analiza el plan de estudios y emite un acta en donde hace constar la aprobación o no aprobación del plan de estudios.
- Las propuestas de mejora y recomendaciones al Plan de estudios, de ser el caso, serán atendidas por la Comisión de desarrollo curricular, en coordinación con la DGAA y la DGDAIE-DIE-DDC.
Dirección General del Área Académica
- Envía a la Secretaría Académica el acta de acuerdos generales para que se presente ante el pleno del Consejo Universitario General (CUG) para su ratificación.
Secretaría Académica
- Recibe el acta de acuerdos generales y los presenta al CUG para su ratificación, conforme a su reglamento vigente.
Dirección General del Área Académica
- Envía a la Entidad Académica, DGDAIE, SA, Dirección General de Administración Escolar (DGAE) el documento en extenso final del plan de estudios y copia del acta del CUG.
- Solicita a la DGAE la incorporación del plan de estudios en el sistema institucional de información universitaria.
- Solicita a Secretaria Académica la gestión de la clave programática en el caso de nuevos planes de estudio.
- Informa a la DGRH el inicio de la gestión e incorporación del plan de estudio avalado por CUG en el sistema institucional de información universitaria.
- A través del Coordinador Académico, solicita la proyección de cargas a la entidad o entidades correspondientes.
Dirección General de Administración Escolar
- Recibe de la DGAA solicitud de incorporación del plan de estudios al sistema institucional de información universitaria, con base en sus requerimientos (Ver requerimientos).
- Realiza la incorporación del plan de estudios al sistema institucional de información universitaria y entrega los reportes para su validación a la Comisión para el desarrollo curricular. En caso de existir observaciones, se atienden de manera conjunta con la DGAA correspondiente.
Dirección General del Área Académica.
- Envía a la DGAE el Vo. Bo. al plan de estudios incorporado en el sistema institucional de información universitaria.
Dirección General de Administración Escolar
- Notifica a Secretaría Académica, a la Dirección de Recursos Humanos, a la DGAA y a DGDAIE-DIE-DDC la liberación del plan de estudios, para atención a otros procesos implicados en la operación y registro ante la Secretaria de Educación Pública.
Dirección General del Área Académica
- Realiza el trámite de alta del plan de estudios y experiencias educativas ante la Dirección General de Recursos Humanos.
- Actualiza la información del plan de estudios publicada en la oferta educativa en la página web institucional.
- Solicita a la Comisión de desarrollo curricular, la elaboración del Anexo A. Integración del documento de plan de estudios, para su presentación ante la SEP.
- Envía a la SA los documentos para certificación y trámite del registro ante la Dirección General de Profesiones de la SEP;
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- Copia del acta de acuerdos de la CAACUG.
- Reporte (s) del plan de estudio emitidos por el sistema institucional de información universitaria.
- Documento de plan de estudios para su presentación ante la SEP, conforme a lo establecido en el Anexo A. Integración del documento de plan de estudios, para su presentación ante la SEP.
- Extenso del documento final del plan de estudios y sus programas de EE en versión digital.
Secretaría Académica
- Recibe documentación para certificación y trámite del registro ante la Dirección General de Profesiones de la SEP.
- Certifica el plan de estudios, el acta de Consejo Universitario General y el acta de la CAACUG.
- Envía a la DGAE la documentación debidamente certificada y sellada para el registro ante la Dirección General de Profesiones de la SEP.
Dirección General de Administración Escolar
- Recibe y valida la documentación para el registro del plan de estudios ante la Dirección General de Profesiones de la SEP.
- Tramita el registro del plan de estudios ante la Dirección General de Profesiones de la SEP.
- Notifica a SA, la DGAA, a la DPI y la DGDAIE una copia del registro del plan de estudios para su actualización de aprobación en el sistema institucional de información universitaria, así como para su resguardo y control interno, concluido el trámite.
Dirección de la Entidad Académica
- Informa a la comunidad de la Entidad Académica sobre la aprobación y registro del Plan de estudios y su aplicación en el periodo lectivo inmediato siguiente.
- Actualiza en la página web la información del plan de estudios aprobado y registrado ante la Dirección General de Profesiones de la SEP.
Dirección General del Área Académica
- Actualiza a través de la página web institucional la oferta educativa formalizada.
- Notifica a la Secretaría Académica la actualización.