VII. El directorio de los servidores públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos el nombre, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales;
Periodo | Responsable | Fecha de registron | Fecha de actualización | Periodo de actualización | Periodo de Conservación | Descargar formato | Comprobante carga |
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2024 | DIRECCIÓN DE PERSONAL | 14/10/2024 | 30/09/2024 | Trimestral | Año en curso y un ejercicio anterior | Descargar | Descargar |
2024 | DIRECCIÓN DE PERSONAL | 04/07/2024 | 30/06/2024 | Trimestral | Año en curso y un ejercicio anterior | Descargar | Descargar |