Año 4 • No. 153 • septiembre 27 de 2004 Xalapa • Veracruz • México
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La desobediencia civil y el estado de derecho
Santiago Gómez Ortiz (Facultad de Derecho UV)

Para hablar de desobediencia civil, primero debemos tener claro qué es el estado natural y qué es el estado de derecho, qué es lo social y qué es lo jurídico.

El estado natural no en su concepción política, sino el entendimiento en si de lo natural, es decir, en su concepción bruta; es el principio de todas las cosas. Con respecto al enfoque sociológico, significa que el hombre se encontraba de manera desorganizada, en completo abandono de sus inquietudes políticas, sin aptitudes organizacionales. Más tarde, y con la agudización de los problemas que se les presentaron a los hombres, en un medio tan hostil como la era cuaternaria, el hombre individualmente hablando, llega a buscar la compañía de sus semejantes y empieza a interactuar bajo sus impulsos intelectuales, de tal forma que para poder ubicarnos mejor, debo hacer alusión a la teoría del contrato social de Rousseau, en el que se manifiesta este panorama completamente cavernario del individuo al que me refiero y en el que, en el litigio simplemente de su interés, es subordinado al interés del más fuerte. Con el tiempo, según se dice y ante la obviedad de que los más fuertes eran menos, y los que se encontraban subordinados eran más, surge la decisión de exteriorizar sus inquietudes y el hecho de no dejar más lo que la fuerza imponga, le conceden un valor determinante, es en esta fase de la historia en el que la interrelación de los individuos deja a un lado ese estado natural y pasa a ser un estado civil, entendiendo éste como la convivencia de individuos en un mismo lugar bajo ciertas objetivos afines.

Una vez establecidos o al menos percibido esos objetivos afines, los individuos coincidieron en ideas y notaron los beneficios de la organización, así, esta sociedad primitiva aún, deja a un lado sus temores y valoriza ciertas conductas a tal grado de equipararlas con lo sagrado, y no se equivocaron al respecto, pues a lo largo de la historia política del estado, ya se ha hecho referencia y se le ha dado la relevancia debida a estas conductas, lo que en un principio fueron simples recomendaciones morales contenidas en análisis filosóficos de la edad antigua, pasaron a ser estudios mucho más serios y minuciosos, hasta su culminación absoluta en el derecho romano de las XII tablas, el Ius Civile y la codificación de Justiniano.

Pero retomemos el tema, esta organización social más compleja dio vida a un estado de derecho, y lo comprendió como una organización disciplinada y asentada bajo argumentos aceptados por todos los integrantes de la comunidad, para el beneficio de todos, esto es sin lugar a dudas lo que la historia pondera como “El contrato social de Rousseau”.

Es en este estado en el que lo jurídico adquiere primordial relevancia y se transforma entonces, a partir de esta disciplina social, en un estado político strictu censu, es decir, en su concepción estricta de Estado, cuyas características estructurales son: Territorio, Sociedad y Gobierno.

Dentro de la perspectiva del crecimiento poblacional del ya bien organizado conglomerado social, es necesario vivir la vida, verbigracia, lo mejor posible, es decir, bajo el bien común. El bien común trae como consecuencia una serie de conflictos a raíz de que para lo que a algunos unos lo benéfico es una cosa, para otros, lo es otra. Esto es incierto de acuerdo a las circunstancias del lugar y la época en las que se viva, así, podemos comprender dos elementos de lo que se identifica con lo social, que es la eterna discrepancia de lo que significa bien común y la inseguridad que trae como consecuencia las circunstancia de lugar y tiempo.

Lo jurídico por el contrario, es el contrapeso ideal de lo social, pues nace después de los movimientos sociales, está creado para conceder seguridad a los individuos en un tiempo y en lugar determinado.

Lo jurídico es lo generalmente aceptado en las sociedades modernas, que pretenden un Estado de derecho, y su obediencia o el estricto apego a lo que establece, es una conducta altamente valorada.

Vivir en un Estado de derecho es vivir bajo las leyes, éstas son legisladas por el Estado (strictu sensu) a través de uno los elementos que lo estructuran, exactamente por el gobierno, de este modo se le adjudica la facultad de perseguir el bien común de la sociedad donde rige.

A pesar de que el Estado ha sido teorizado a lo largo de la historia, poco se ha profundizado sobre la racionalidad de sus elementos, se ha hablado de que pueden llegar a aparecer como una composición de entes racionales, pues se cree al respecto que estamos en presencia de una ficción creada por el hombre. Sin embargo, no debemos pasar por alto, que si bien se trata de una ficción, ésta ha sido creada por la convergencia de ideas de un conjunto de hombres, es decir, la sociedad ha razonado sus intereses afines, creándolo. Por otro lado, el gobierno es la insignia de un conjunto de individuos de una parte de la sociedad que ostenta el poder, la función principal del gobierno dentro del Estado, es perseguir el bien común, por lo que es un hecho que esta ficción debe razonar, a través de sus representantes, sobre qué es el bien común y cómo perseguirlo, por lo que sí cabe un elemento de racionalidad en el gobierno.

Es en el gobierno y la sociedad en torno al cual se debe analizar primero la desobediencia, que es la expresión negativa individual o colectiva en la sociedad, para acatar una disposición que establece el gobierno, con el fin de convivir armónicamente como por ejemplo, se prohíbe mediante una norma el homicidio, y sin embargo habrá quien viole ese precepto, ese acto será antijurídico, de naturaleza culpable en el momento que se compruebe que se deseó llegar a ese fin, por lo que merecerá un castigo. Por otro lado, habrá también un periodo de necesidad que obligue al individuo o individuos en su caso a desobedecer a esa norma, la legítima defensa es un ejemplo, por lo que el gobierno mostrando su racionalidad ante este hecho, dispone que ésta es una excepción a la conducta ilícita y no hay pena para ello, por lo cual su naturaleza es justificativa.

En la desobediencia civil, existe además de una conducta ilícita cometida por varios individuos, la conciencia de que su proceder no es justificable legalmente aún cuando no se encuentre prohibido, pues se cree que es justa la causa de su desobediencia, pues se lucha contra una disposición o política gubernamental errónea a su parecer, y a veces hasta contra el mismo gobierno en funciones, al respecto se pretende convencer de hacer, dejar de hacer o declinar, según sea el caso. Antaño esto creó revoluciones civiles en donde los más fuertes o mejores organizados imponían su voluntad. Con el correr de los años, las revoluciones armadas han sido desplazadas como medio de desobediencia civil, debido a su espíritu de estancamiento tecnológico y cultural, nada bien visto en las sociedades modernas que aspiran a un estado de derecho, por lo que nuevas formas de convencimiento han tomado su lugar.

Es importante señalar que en la búsqueda por el mejor medio para llegar al bien común, la tolerancia ha jugado un papel importante dentro de la interacción Gobierno-Sociedad, pues mientras el primero ha reconocido el espacio de manifestación de ideas de la segunda, ésta lo ha utilizado para perfeccionar el aparato, las leyes o las políticas gubernamentales.

Son las manifestaciones civiles mejor aceptadas e identificadas con la desobediencia civil, las denominadas plantones, paros de labores, toma pacifica de edificios públicos, las autoflagelaciones como el ayuno diario, el despojo de las vestimentas, la crucifixión, etcétera. De este modo se trata de poner en jaque el buen funcionamiento de cualquier sistema a través de inmolar responsabilidad derivada hacia aquella persona que se niega a reconocer las peticiones u observaciones requeridas.

Se trata pues de generar indignación en el resto de la sociedad para con quien ostenta el poder y así de un modo mucho más eficiente se cuestione su conducta y autoridad. Para llegar a ese punto se debe de echar mano de las marchas, los panfletos y los comunicados a la opinión pública.

Una cosa es indubitablemente cierta, no se trata de una guerra en cuanto a la confrontación de opiniones Gobierno-Sociedad, por lo tanto el gobierno debe atender cualquier signo de inconformidad entre la comunidad, para no llegar a este hecho, pero el grupo desobediente debe estar abierto a la negociación mostrando su identidad y elaborando peticiones además de claras y precisas, viables y debe comprender que entre lo que se pide y lo que le ofrecen lo mejor es el punto medio más cercano a la justicia, y por lo tanto el mismo éxito a su empresa, de lo contrario el impacto que ocasiona la nula negociación o la negociación fracturada, aletarga el conflicto y desprende la no deseable asociación con lo delictivo y antijurídico, de lo cual se de desprende a su vez repulsión al movimiento o desinterés del mismo o lo que es igual, el absoluto fracaso de la empresa.