Año 5 • No. 166 • enero 31 de 2005

Xalapa • Veracruz • México
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Universidad Veracruzana
Convocatoria
  De acuerdo con el orden de insaculación instaurado por el Consejo Universitario General de la Universidad Veracruzana, al conformarse la Junta de Gobierno, en 1997; en 2005 habrá de realizarse la sustitución de dos de sus integrantes, a saber, el maestro Carlos Pallán Figueroa y el doctor Rafael Velasco Fernández.

En atención a la sugerencia del Honorable Consejo Universitario General, en el sentido de ampliar la auscultación hacia la comunidad académica en el proceso de sustitución de miembros de la Junta de Gobierno,

SE INVITA A LOS CONSEJOS REGIONALES, A LOS CONSEJOS TÉCNICOS Y A LAS JUNTAS ACADÉMICAS DE LA UNIVERSIDAD VERACRUZANA

a participar en el proceso de integración de dos ternas, una interna y otra externa, que habrán de someterse a la consideración del Consejo Universitario General.

Se podrá participar a través de la formulación de propuestas compuestas por académicos con reconocimiento nacional, que residan en el estado de Veracruz, sólo en el caso de ser candidato interno, en apego al espíritu de conformación original de la Junta de Gobierno.

Los requisitos para fungir como miembro de la Junta de Gobierno son (Ley de Autonomía, artículo sexto):

I. Ser ciudadano mexicano;
II. Ser persona honorable y de reconocido prestigio;
III. Ser miembro destacado de la comunidad académica estatal o nacional;
IV. Haberse distinguido en su especialidad;
V. No desempeñar cargos de dirección gubernamental ni de elección popular;
VI. No ser ministro de ningún culto religioso;
VII. No ser dirigente de partido político alguno, y
VIII. No haber ocupado puestos directivos en la Universidad en los tres años anteriores. El cargo de miembro de la Junta será honorífico. En ningún caso habrá la posibilidad de reelección.

Las propuestas deberán hacerse llegar al correo juntagob@uv.mx, a partir de esta fecha y hasta el miércoles 9 de febrero, hasta las 14:00 horas. Cada propuesta deberá ir acompañada por currículo breve y ampliado, así como por la aceptación expresa a participar en el proceso de integración de ternas.

De conformidad con lo establecido en la legislación universitaria (Ley de Autonomía, artículo cuarto, fracción sexta) será la Junta de Gobierno quien formule las dos ternas que someterá a la consideración del Consejo Universitario General, y éste realizará las designaciones correspondientes.

A t e n t a m e n t e
«Lis de Veracruz: Arte, ciencia, luz»
Xalapa, Ver., 24 de enero, 2005

C.P. MIGUEL ÁLVAREZ DE ASCO
PRESIDENTE EN TURNO