Año 6 • No. 203 • noviembre 28 de 2005
Xalapa • Veracruz • México
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  Capacitan y alertan a los estudiantes de Derecho
Los contratos de alianza estratégica, ignorados aún por las leyes del país
La problemática de los contratos atípicos, los que no están regulados por legislación alguna, suele ser bastante compleja. Esto es especialmente digno de análisis y estudio cuando, en asuntos de contratos internacionales, apunta hacia alianzas estratégicas, los llamados joint venture, aseguró Mario de la Madrid Andrade, especialista de la Universidad de Colima, al dar una conferencia en la Facultad de Derecho.

“La manera como se regulan los contratos en México, y en buena parte del mundo, no prevé los contratos conexos o unión de contratos. Por ello, el alumno de Derecho debe estar enterado de todo esto para el logro de adecuadas funciones en su desempeño profesional futuro”.

Señaló que entre los contratos atípicos existen los que tienen su regulación en función de la voluntad de las partes y de las prácticas que ellas mismas establecen. Estos joint ventures son propios de las transacciones entre empresas y personas de países distintos, aunque nada impide que se den también en el ámbito interno. “Es una figura que está allí, que permanecía casi en el anonimato pese a que desde hace muchos años las partes los venían celebrando”.

Con ellos, las partes aprovechan las capacidades de cada una para el logro de un objetivo común, en función de las ventajas que cada una representa en el mercadeo extra fronteras: “Es frecuente que una de las partes sea magnífico productor de bienes o insumos, mientras que la otra posee excelentes contactos en el extranjero. Estas son algunas de las ventajas que se capitalizan”.

Sin embargo, esto representa un verdadero problema jurídico cuando hay conflictos entre las partes, porque no existe regulación en Derecho: “Un buen trabajo académico en la materia podría dar, en los próximos años, propuestas de legislación para que se integren a la regulación de los códigos civiles de las diversas entidades federativas”.

Indicó que el hecho de que no se haya puesto el dedo sobre este renglón en las cámaras legislativas es porque la práctica en los negocios no espera a que se den reformas a las leyes. “Siempre existe un desfasamiento entre la práctica y el momento en que la legislación deposita su atención en determinados renglones. Nunca podremos empatar ambas circunstancias. Y esto es normal, porque lo que el Derecho trata de regular es la relación entre particulares, no idear o prever cómo puedan ser esas relaciones en sí”.