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Año 12 • No. 537 • Octubre 7 de 2013 Xalapa • Veracruz • México Publicación Semanal

Con la modificación al Artículo 3°

Reforma Educativa impacta derechos laborales: juristas

Uno de sus grandes mitos es que se privatizará la educación, dijo Carlos Rafael Issasi

Carlos Rafael Issasi y Marísa Lilia Viveros

 

David Sandoval

La Reforma Educativa impacta a los docentes en sus condiciones laborales, pero al estar sustentada por la Constitución es muy difícil promover un juicio de amparo en su contra, reconocieron juristas especializados reunidos en el foro “Análisis del marco jurídico de la Reforma Educativa”, celebrado por el Instituto de Investigaciones en Educación (IIE) el pasado 1 de octubre. A nombre del IIE, Karla Valencia González Romero explicó que la finalidad del evento fue brindar información al público, además de posibilitar una opinión sobre los aspectos jurídicos de la Reforma Educativa desde diferentes ámbitos –academia, Poder Judicial Federal y el servicio público.

En el evento, Carlos Rafael Issasi Notario, egresado de la Facultad de Derecho, presentó la ponencia “Reforma Educativa. Mitos y realidades”, donde puntualizó que ésta no es una reforma nueva, sino un proyecto transexenal que se cristaliza en este momento.

Explicó que las leyes General de Educación, la del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y la del Servicio Profesional Docente, llamadas reglamentarias, son “las que realmente impactan a la base magisterial”. Uno de los grandes mitos de la Reforma Educativa es que privatizará la educación, “definitivamente les puedo asegurar que no, lo digo con conocimiento de la ley porque el Artículo 3º, fracción cuarta, queda intacto, y en éste se plantea que toda la educación que imparta el Estado será gratuita, y esto se refleja también en el Artículo 6º de la Ley General de Educación”.

México aceptó los postulados de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH), por tal motivo “el día en que el Estado quiera privatizar la educación nosotros como sociedad tenemos diferentes instrumentos para responder que la Declaración Americana de los Derechos del Hombre establece en el Artículo 12 a la educación como un derecho”.

Respecto a la protección de los derechos humanos de los profesores, acotó que ha revisado diferentes posturas de sindicatos y grupos magisteriales, “no he visto una propuesta desde el punto de vista de los derechos humanos.

Ésta es una situación muy importante que tendrá que litigarse y en su caso podríamos llegar hasta la CIDH, cuyas sentencias son vinculatorias, es decir, que cambiarían la Constitución, aun tratándose de un medio internacional”.

Posteriormente Marcelo Cabrera Hernández, actuario judicial e integrante del Tercer Tribunal Colegiado de Circuito del Poder Judicial Federal, señaló que la Reforma Educativa tuvo un proceso legislativo constitucional y en ese sentido no es reglamentaria.

Mencionó que los profesores tienen derechos laborales adquiridos y con la reforma actual se modifican sus características, lo que equivale a cambiar las reglas del juego.

El jurista opinó que la redacción actual del Artículo 3º afecta tales derechos, porque “ahora están diciendo que los profesores necesitan hacer una evaluación cada cuatro años para mantener su plaza”.

Agregó que esta evaluación tiene la finalidad de determinar el ingreso, permanencia, reconocimiento y promoción de los maestros. Sin embargo, manifestó, es una norma que se sustenta también en el Artículo 14 de la Carta Magna “por lo que no puede ser tachada de inconstitucional, es algo fuera de lógica”.

Desde su punto de vista, cualquier amparo u otro tipo de juicio promovido contra la Reforma Educativa que la tilde de inconvencional, como lo ha planteado la Suprema Corte de Justicia de la Nación, no es válido. Señaló que es muy difícil que un juicio llegue a revocar los artículos modificados porque “la única ley en el país que puede violar derechos adquiridos es la Constitución, y así ha ocurrido”.

Es necesario reestructurar la SEP En el foro también participó María Lilia Viveros Ramírez, académica de la Facultad de Derecho, quien sostuvo que la reciente modificación al sector educativo trajo consigo nuevas leyes y modificaciones a la Constitución, pero ha dejado intacta a la Secretaría de Educación Pública (SEP).

La ponente señaló que en la SEP faltan reformas estructurales, “¿por qué en una Reforma Educativa se deja intacta a la Secretaría, a su estructura, sus obligaciones y sus funciones?”, cuestionó. Recalcó que la reforma constitucional que sirvió de base para la aplicación de la Reforma Educativa fue aprobada con anterioridad por los legisladores de cada estado y posteriormente del Congreso Federal, por lo que planteó a los asistentes que preguntaran a sus legisladores cómo habían votado.

“La educación es uno de los temas fundamentales de los mexicanos, incluso previamente a la Reforma Educativa”, dijo al señalar que ésta entró en vigor a nivel nacional el 25 de febrero y que previamente, el 7 de enero, el Congreso de Veracruz la aprobó en séptimo lugar a nivel nacional.

No obstante, desde su campaña por la presidencia, Enrique Peña Nieto ofreció como promesa elevar la calidad en la educación, lo que quedó consignado en el Plan Nacional de Desarrollo. Los cambios jurídicos que se efectuaron contemplan la anexión del concepto de calidad en el Artículo 3º constitucional, así como de una obligatoriedad de la educación básica y media superior; asimismo se plantea el servicio profesional docente como facultad del Congreso Federal, en el que también recaerá su evaluación.

Otra de las modificaciones consistió en que el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE), creado durante la administración de Vicente Fox, fue elevado a rango constitucional, asimismo se le dotó de personalidad jurídica y autonomía. Dicha dependencia había diagnosticado en 2002 “la incapacidad de la SEP para la planeación y sistematización en materia educativa”.

Por otro lado, el Sistema Nacional de Evaluación (SNE) –cuya tarea principal es evaluar la calidad, desempeño y resultados del Sistema Educativo Nacional– tendrá que valorar la calidad tanto de los profesores como de la infraestructura, entre otros aspectos.

En ese sentido, Viveros Ramírez calificó como positivo que “la evaluación del docente debe llevar aparejada una evaluación de sus condiciones de trabajo como la infraestructura escolar”.

Explicó que si hubiera una modificación a las leyes reglamentarias, que son el instrumento que permitirá aterrizar la reforma en los sistemas educativos de las entidades, tal cambio no significa que desaparezca, es decir, su abrogación “sólo implicaría retrasar un mandato nacional que se debe ejecutar tarde o temprano”.

Se pueden reformar estas leyes con la participación de todos los actores sociales, afirmó, “porque entre ellas hay discrepancia y no están aterrizados los conceptos constitucionales que se pretenden salvaguardar, hay algunas antinomias, es decir, algunos preceptos legales están encontrados”.

Comentó además que sostener la posibilidad de ampararse contra las leyes que modifican la condición del magisterio no es posible, porque sólo hasta el momento en que los derechos son vulnerados se puede impugnar una ley.

“La eficacia de la norma aún no está probada, es decir, no sabemos si va a funcionar. Aunque está probada de manera teórica es necesario observar y analizar, con base en la realidad, si es factible aplicarla y para ello se requiere de la participación de todos los involucrados”, concluyó.

El foro fue organizado por el IIE