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La capacidad legislativa para
regular sus contenidos ha sido sobrepasada
Son insuficientes nuestras leyes
para proteger a los menores de la Internet
Edith Escalón Portilla |
La
pornografía y la prostitución infantil en Internet
son el mejor ejemplo para demostrar que nuestro ordenamiento legal
se ha rezagado en materia de nuevas tecnologías, ya que sólo
posee soluciones para los llamados medios tradicionales de información,
señaló Luz del Carmen Martí Capitanachi, del
Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Veracruzana,
en un artículo que publica en el número más reciente
de la revista Letras Jurídicas.
Luego de analizar detalladamente la regulación jurídica
nacional o supranacional de la Internet, los instrumentos internacionales
que protegen a la juventud y la infancia en Internet, y el
papel de la familia y la escuela como coadyuvantes
del orden jurídico, Martí Capitanachi llegó a
la conclusión de que el derecho tiene ante sí el reto
de regular las nuevas tecnologías de la información,
cuyos avances sobrepasan su capacidad normativa.
Para nadie es ajeno –dijo– que las nuevas tecnologías,
y en especial la Internet, en la llamada sociedad de la información,
constituyen una de las mayores posibilidades con las que se cuenta
actualmente para la adquisición de nuevos conocimientos, contactos
personales interactivos como el correo electrónico y el chat,
el comercio electrónico, la diversión, entre muchas
otras posibilidades de educación e investigación.
Sin embargo, al lado de todas estas alternativas benéficas
coexisten usos abusivos, inseguros, peligrosos e incluso delictivos
que plantean nuevos retos para los juristas, sostuvo la investigadora,
acerca de los cuales es posible distinguir dos posturas respecto a
las diferentes alternativas para su regulación.
Una sostiene que las instituciones jurídicas preestablecidas
constituyen un marco jurídico adecuado para hacerles frente;
la otra que, dada la naturaleza de esta nueva tecnología, es
necesario un nuevo orden jurídico, apoyado por instrumentos
internacionales.
Las características sui generis de las nuevas tecnologías
de la información provocan serias complicaciones en cuanto
a la atribución de responsabilidades, que “mientras que
en los medios de comunicación tradicionales es posible acudir
a la opinión del comentarista, articulista, editor del periódico
o gerente de noticias respecto de alguna información lasciva
o incorrecta, en la superautopista de la información no hay
un ‘punto inteligente’ del que parta la información
(…) cualquier usuario puede publicar información o acceder
a ella prácticamente desde cualquier punto del mundo”,
señaló Martí Capitanachi.
El hecho de que la información se intercambia en el llamado
“ciberespacio” (como sucede en la Internet), hace que
algunos autores consideren rebasada la legislación nacional
y que por eso la red escape a la soberanía de los estados,
planteando problemas como el de definir la legislación aplicable
en los delitos cometidos a través de la red, como las violaciones
de la intimidad, estafas o daños a la propiedad intelectual,
entre otros.
Martí Capitanachi señaló, además, que
introducir dentro de la reglamentación de los proveedores de
Internet obligaciones de informar sobre los filtros, o diseñar
programas que ya los contengan, ayudaría a los padres y maestros
a disminuir los peligros de acceso a información no deseada
para niños y adolescentes en proceso de información.
La revista Letras Jurídicas puede adquirirse en el Servicio
Bibliográfico Universitario, Xalapeños Ilustres 37,
zona Centro, en Xalapa. |
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