Año 16 No. 667 Febrero 13 de 2017 • Publicación Semanal

Xalapa • Veracruz • México

Constitución de 1917 registra alrededor de 700 reformas

Contenido 13 de 41 del número 667
María del Refugio González Domínguez

María del Refugio González Domínguez

 

Karina de la Paz Reyes y José Luis Couttolenc

La Constitución de 1917 sufrió su primera modificación en 1921 y la más reciente en 2016, durante este periodo ha tenido alrededor de 700 reformas, para algunos esto habla de su flexibilidad y para otros es un problema de incoherencia, expresó el investigador del Instituto de Investigaciones Histórico-Sociales (IIH-S), Ernesto Treviño Ronzón, en la primera jornada del Foro Académico “Cien años de la Constitución de 1917: diálogos interdisciplinarios”, realizado los días 8 y 9 de febrero.

“Desde su primera modificación –por Álvaro Obregón– para establecer escuelas rurales y la jurisdicción de la Federación sobre ellas, hasta la última reforma que tuvimos en 2016 sobre asilo y refugio, la Constitución ha sido modificada cerca de 700 ocasiones; de tal forma que el texto que hoy es vigente conserva muchos parecidos, pero también es muy diferente del que tuvimos en aquel entonces”, dijo el académico.

Para algunos, añadió, tales cambios hablan de la flexibilidad del texto y de que responde al entorno actual; pero para otros, se trata de un problema de incoherencia interna y de la necesidad de que todo acuerdo político, para que sea realmente existente y respetado, tiene que quedar asentado en la Constitución.

Es más, dijo que una de las críticas más contemporáneas es que ésta ha perdido uno de sus aspectos clave: su accesibilidad. “La posibilidad de que los ciudadanos podamos entenderla sin la necesidad de intermediarios, sin que alguien nos la explique”.

El título del foro académico alude a que el proyecto constitucional tiene que ser abordado desde varias entradas analíticas, refirió Treviño Ronzón, pues la Constitución es un objeto social e histórico tejido en múltiples relaciones de orden jurídico, político, cultural, económico.

“Por ello, el emplazamiento desde una diversidad de disciplinas puede ayudarnos a transitar de la mera conmemoración formal, que es muy importante, a un ejercicio que ayude a producir un balance de algunos de sus aspectos clave y posiblemente a proyectar una agenda de trabajo en el corto y mediano plazo.”

En representación de la rectora Sara Ladrón de Guevara, el abogado general de la Universidad, Alberto Islas Reyes, inauguró el foro y expresó: “La vigencia efectiva del estado constitucional y democrático de derecho es requisito indispensable para la consecución de grandes cambios en México. La Constitución política es la consolidación de su soberanía, como máxima expresión de su autodeterminación”.

Agregó que los principios y valores del documento han permitido garantizar libertades fundamentales y han puesto en manos de los ciudadanos el poder para exigir una protección eficaz de sus derechos.

Para Alberto Islas, el conocimiento de acontecimientos históricos que dieron lugar a la Constitución de 1917 es necesario para reafirmar los valores que hoy sustentan el orden jurídico y social, de ahí la importancia de que la Universidad cree espacios propicios para la reflexión.

Este evento también fue encabezado por la secretaria académica, Leticia Rodríguez Audirac; la directora general de Investigaciones, Carmen G. Blázquez Domínguez; el director general de la Unidad de Estudios de Posgrado, José Rigoberto Gabriel Argüelles, y la directora del IIH-S, Filiberta Gómez Cruz.

Además de Treviño Ronzón, el evento fue coordinado por los investigadores José Galindo Rodríguez y Michael Ducey.

Inauguración del Foro Académico “Cien años de la Constitución de 1917: diálogos interdisciplinarios”

Inauguración del Foro Académico “Cien años de la Constitución de 1917: diálogos interdisciplinarios”

 

Constitución es el origen del proyecto nacional
La investigadora del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), María del Refugio González Domínguez, participó en el foro con la conferencia magistral “Análisis comparativo de las Constituciones de 1857 y 1917”, en la que señaló que ambos cuerpos jurídicos fueron expedidos tras un movimiento social considerado revolucionario.

Doctora en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid, España, y con más de 20 años de trabajo en el Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), la conferencista presentó una visión panorámica que permitió conocer más de 150 años de historia, al tiempo que dejó observar con precisión las modificaciones entre ambos textos, y apuntó que este conocimiento hace posible una discusión más informada sobre su contenido y la forma en que evolucionaron, se transformaron o permanecieron estables.

En su disertación, la investigadora mencionó que por la larga vigencia del texto constitucional expedido en 1917, se traza una línea del tiempo que da cuenta de los modelos de Estado por los que ha atravesado nuestro país, partiendo del que establecía la Constitución de 1857 con un corte liberal, y los que se han sucedido desde que la de 1917 inició su vigencia hasta el tiempo actual, en el que se considera que existen elementos para pensar que nos encontramos en un nuevo modelo.

En la segunda parte de su intervención, González Domínguez explicó de manera pormenorizada cómo fueron marcados los textos comparados, ejercicio en el que incluyó una tabla de concordancias, así como un cuadro de las reformas a partir de 1873, fecha en que se modificó el diseño institucional del Estado liberal al incorporarse a la Constitución de 1857 los principios de las Leyes de Reforma y poco después el senado, para terminar con la última reforma expedida por Venustiano Carranza en la Ciudad de México, el 30 de septiembre de 1916.

La ponente, quien ocupó también la Subsecretaría de Relaciones Exteriores, así como la Dirección General de Investigaciones de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), en su análisis comparativo dijo que en un estudio de las reformas constitucionales, se descubrió que el texto tiene tres modelos: el liberal; el central, que son las reformas de Porfirio Díaz y que no quitó Venustiano Carranza en el proyecto que presentó al Constituyente; y algunos aspectos relacionados con las demandas sociales.

Para concluir, la jurista apuntó que la Constitución de 1917 “pone muchos límites entre el Estado y el individuo, como texto literario; Carranza no se equivocó –cuando menos en su visión de conjunto–, pues la Constitución ha permanecido en vigor durante 100 años, con numerosas reformas y es el origen del proyecto nacional”.

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