Poza Rica • Tuxpan
Alma Celia San Martín Cruz
Erika Verónica Maldonado Méndez, profesora de la Facultad de Derecho, región Xalapa, ofreció una conferencia dentro del ciclo “La enseñanza del derecho con pertinencia cultural y calidad para la formación integral de abogados desde el enfoque del pluralismo jurídico”, en el Telebachillerato de Coyutla, organizada por la Universidad Veracruzana Intercultural (UVI), sede Totonacapan, el viernes 24 de marzo.
La académica se centró en la importancia del análisis de la jurisdicción indígena dentro de la enseñanza del derecho con enfoque de pluralismo jurídico. Ella es experta en el tema pues investigó al respecto en cuatro municipios con población mayoritariamente totonaca: Filomeno Mata, Mecatlán, Chumatlán y Zozocolco de Hidalgo, para obtener el grado de Doctora en Derecho Público por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de esta casa de estudio, con la tesis “El derecho jurisdiccional indígena en México. Estudio de caso en Veracruz”.
Para Maldonado Méndez, la conferencia no fue un evento académico más, sino la devolución de su trabajo a parte de la población de la región estudiada.
Destacó que la jurisdicción indígena es “la función de aplicar la propia normatividad indígena dentro de sus territorios, sea comunidad, localidad, pueblo, congregación, ranchería, cuando se presenta algún caso que deban revisar o resolver las autoridades del lugar”. Las autoridades del Totonacapan consideran al derecho como aquello que a cada persona le pertenece o las reglas de la comunidad; el objetivo es mantener el orden dentro de la misma, finalidad que ahora se encuentra establecida en el Artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el Artículo 5 de la Constitución Política del Estado de Veracruz.
Por lo anterior, la incorporación del enfoque del pluralismo jurídico en la enseñanza del derecho con pertinencia cultural y formación integral del abogado adquiere mayor importancia.
El pluralismo jurídico es un principio complementario al derecho a la autonomía, en relación al ejercicio de un derecho propio de carácter consuetudinario, integral y evolutivo. Mediante él se establecen competencias y ámbitos de aplicación espacial, para la resolución de conflictos internos con base en los sistemas normativos de las comunidades indígenas.
Para la universitaria, este enfoque es la “coexistencia de normas pertenecientes a ordenamientos jurídicos distintos al interior del Estado, que pretenden tener el mismo ámbito territorial, temporal y personal de validez”.
Agregó que la conciliación es uno de los medios de solución de conflictos internos entre las comunidades totonacas cuando el delito no es grave; si lo es, se turna a la autoridad jurisdiccional municipal: el síndico o el juez, incluso se puede recurrir a esta segunda instancia por inconformidad de alguna de las partes.
La aplicación de las sanciones se observa al interior de la jurisdicción indígena totonaca como una forma de respeto a “la integridad física y a la libertad de los miembros de la comunidad”.
Es así que la interculturalidad en el derecho se da con la recurrencia tanto al derecho legislado como al propio por parte del pueblo totonaco, que de esa manera vive un proceso de resistencia al conservar, ejercer y recrear una jurisdicción; a la vez, se ha apropiado del derecho legislado, lo que ha sido influido por el discurso de los derechos humanos del orden jurídico mexicano.