Año 3 • No. 127 • enero 12 de 2004 Xalapa • Veracruz • México
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  Muchas veces la protección no va más allá del papel, aseguró investigadora española
Ineficiente, la protección para el
consumidor que compra por Internet
Edith Escalón
Durante el pasado foro de “Estudios Jurídicos”, María Jesús Moro Almaraz, académica de la Universidad de Salamanca, España, planteó la necesidad de reformar algunos códigos y establecer nuevos requisitos para proteger al consumidor de la oferta de comercio electrónico “por lo menos”, dijo, en la misma medida en que está protegido un consumidor en el mercado tradicional.
Aseguró que existe cierta protección jurídica en el comercio electrónico, pues gran parte de la legislación de consumo es de aplicación para la contratación a través de Internet, pero el problema es que el mismo ámbito virtual lleva a que determinados instrumentos que son eficaces cuando uno va a comprar a grandes almacenes, no lo sean tanto cuando se adquieren artículos en la red de redes.

La investigadora afirmó que a los consumidores muchas veces se les protege “sólo en el papel”, pero que el consumidor emplea mucho más dinero y esfuerzo en reclamar sus derechos que los que obtiene por hacerlos valer.

Con respecto a la responsabilidad de establecer leyes que protejan a los consumidores electrónicos, Moro Almaraz dijo que, aunque depende de los estados y la legislación nacional en primera instancia, las organizaciones supranacionales son fundamentales para llegar a normativzidades reales. Y es que, según dijo, si la legislación nacional no es muy parecida o próxima en niveles de protección en todos los países, hay una mayor facilidad para escapar de ella.

“Tenemos que buscar convenios internacionales, fórmulas que permitan conseguir que las legislaciones estén lo más próximas entre sí, de manera que no haya fugas en aquellos países que se presenten como paraísos fiscales, paraísos para el comercio electrónico no controlado”.

Añadió diciendo que es indispensable fomentar la idea de los convenios reales, aquellos que sean ratificados por un buen número de países, y que por lo tanto se conviertan en derecho interno y garanticen así estos mínimos de protección jurídica al consumidor.

Propuestas sin duda fundamentales, pues según cifras de la investigadora, el comercio electrónico –en cuanto a contratación– ha crecido de manera muy importante entre empresarios, aunque no sucede lo mismo con los consumidores menores, justamente por los temores e inseguridades que permean la conciencia ciudadana que reconoce una falta de seguridad jurídica en transacciones por Internet.

Sin embargo, prosiguió, resulta innegable que desde una perspectiva más amplia, en la que el comercio es transmisión de datos y publicidad (y no contratación y compra directamente por la red), el crecimiento entre consumidores “es espectacular en todo el mundo”, incluso en países donde hay una menor presencia de Internet, “y cada vez es más difícil que ciertas empresas, que tengan cierto peso, que tampoco tiene que ser tan grande, no tengan su página electrónica, al menos para publicidad, aunque no hayan dado el siguiente paso”.

Moro Almaraz aseguró que los principios de la legislación en Europa son buenos, aunque ponerlos en práctica tiene sus deficiencias. Éstos, establecen la intención de favorecer una fuente de riqueza, de establecer la mínima intervención posible de la administración, y que esta intervención sea para proteger los intereses de aquellos grupos vulnerables, desvalidos y débiles que pueden resultar afectados en sus derechos de contratación.

Otro ámbito que defendió fue la propuesta europea, autorregulación de códigos de conducta, es decir, que los propios particulares, a través de estos esquemas, suplan a los estados y sean los propios que están metidos en el ámbito del comercio electrónico los que regulen sus relaciones.

“En Europa ya tenemos códigos de conducta para el comercio electrónico, por lo que son los propios empresarios quienes asumen ciertos parámetros de calidad, pasan por una serie de controles que voluntariamente aceptan cumplir, y obtienen un sello de calidad que aparece en sus páginas electrónicas. Esto le garantiza al consumidor que no sólo se cumplirá la ley, sino que tendrá garantías por encima de ésta, y eso, como principio, es muy bueno.”