Año 5 • No. 177 • mayo 2 de 2005 Xalapa • Veracruz • México
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Becas de la Universidad Veracruzana

LA UNIVERSIDAD VERACRUZANA
CONVOCA

A sus alumnos de los Sistemas Escolarizado, Abierto y a Distancia, interesados en obtener becas de inscripción, escolares, para actividades artísticas o actividades deportivas, en términos de lo que establece el Estatuto de los Alumnos en su Título XII, para el período escolar Febrero-Agosto 2005

B A S E S:
LOS ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD VERACRUZANA QUE HAYAN OBTENIDO BECA PRONABES-VER. NO PODRÁN PARTICIPAR EN EL PRESENTE PROGRAMA, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LOS APARTADOS 4.4.1 CRITERIOS DE SELECCIÓN Y 4.4.1.1 ELEGIBILIDAD INCISO e) DE LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE PRONABES-VER.

LOS ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD VERACRUZANA QUE NO CUENTEN CON EL BENEFICIO DE LA BECA PRONABES-VER. PODRÁN RECIBIR SIMULTÁNEAMENTE DOS O MÁS DE LOS APOYOS SIGUIENTES:
A) BECAS DE INSCRIPCIÓN

1. La asignación de becas la efectuará el Consejo Técnico de cada entidad académica, considerando las calificaciones de los solicitantes, además de sus condiciones económicas, hasta el límite marcado por la Comisión de Presupuestos del H. Consejo Universitario (De acuerdo al número autorizado de becas para cada Entidad Académica)
2. Las becas consistirán en la condonación del pago, por concepto de los derechos arancelarios de inscripción.
B) BECAS ESCOLARES
1. La asignación de becas la efectuará el Consejo Técnico de cada entidad académica considerando las calificaciones del semestre inmediato anterior de los solicitantes, con promedio mínimo de ocho en exámenes ordinarios de primera inscripción; En el caso del Modelo Educativo Flexible se sujetarán a los lineamientos de inscripción y permanencia: cumplir con el mínimo de créditos cursa dos en el período escolar inmediato anterior del programa académico que cursó en su primera inscripción, con promedio mínimo de ocho en exámenes ordinarios, hasta el límite marcado por la Comisión de Presupuestos del H. Consejo Universitario (De acuerdo al número autorizado de becas para cada Entidad Académica), salvo que los aspirantes con promedio de nueve o superior rebasen el número asignado, en cuyo caso se ampliará éste hasta cubrir a todos los solicitantes en dicha situación (Acuerdo de Consejo Universitario del 14 de febrero de 1997).
2. Su monto será de $100.00 (cien pesos 00/100 M. N.) mensuales, durante seis meses.
C) BECAS PARA ACTIVIDADES ARTÍSTICAS
1. Se otorgarán a los alumnos que cursan alguna carrera del Área Académica de Artes.
D) BECAS PARA ACTIVIDADES DEPORTIVAS
1. Se otorgarán a los alumnos que en representación de la Universidad Veracruzana se distingan en eventos deportivos.

SERÁN PUBLICADOS LOS NOMBRES DE ALUMNOS QUE RESULTEN BENEFICIADOS DE ESTOS APOYOS, A PARTIR DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL 2005 EN LA PÁGINA DE INTERNET : WWW.UV.MX/ESCOLAR R E Q U I S I T O S:
A) BECAS DE INSCRIPCIÓN
1. Los aspirantes deberán ser alumnos regulares del período escolar inmediato anterior.
2. Presentar a la Dirección de su entidad académica solicitud por escrito, acompañada de fotocopia de la boleta de calificaciones del semestre inmediato anterior así como copia original del arancel de inscripción.
B) BECAS ESCOLARES
1. Haber aprobado todas las materias del semestre inmediato anterior en primera inscripción con promedio mínimo de ocho en exámenes ordinarios.
2. Presentar a la Dirección de su entidad académica solicitud por escrito, acompañada de fotocopia de la boleta de calificaciones del semestre inmediato anterior, con promedio mínimo de ocho en exámenes ordinarios, y para alumnos del Modelo Educativo Flexible cumplir con el mínimo de créditos cursados en el período escolar inmediato anterior del programa académico que cursó en su primera inscripción, con promedio mínimo de ocho en exámenes ordinarios.
C) BECAS PARA ACTIVIDADES ARTÍSTICAS
1. Será publicada en este período escolar la convocatoria respectiva, que contendrá los requisitos por entidad académica y programa de las actividades a desarrollar
2. Haber obtenido un promedio mínimo de ocho de calificación en el período escolar inmediato anterior en exámenes ordinarios.
3. Para alumnos del Modelo Educativo Flexible, que cumplan con el mínimo de créditos cursados en el período escolar inmediato anterior del programa académico que cursó en su primera inscripción, con promedio mínimo de ocho en exámenes ordinarios.
D) BECAS PARA ACTIVIDADES DEPORTIVAS
1. Las solicitudes de becas para actividades deportivas serán analizadas y aprobadas en su caso por el Consejo Técnico de la Dirección de Actividades Deportivas, a propuesta del instructor correspondiente.
2. Se otorgará a los alumnos que sean regulares en el período escolar que cursan, Artículos 59 y 163 del Estatuto de los Alumnos y que cumplan con el calendario de entrenamientos y de competencias que establezca la Universidad Veracruzana, anexando fotocopia de la solicitud de beca requisitada, así como original de la constancia de alumno regular vigente.

La determinación de los beneficiarios se realizará a través del siguiente:
P R O C E D I M I E N T O:
1. El interesado deberá entregar ante el Director de la Entidad Académica el formato de solicitud y fotocopia de la boleta de calificaciones y en el caso de beca de inscripción además el arancel; los alumnos del sistema de Enseñanza Abierta entregarán la solicitud a los Coordinadores en cada una de las regiones; y en el caso de becas para Actividades Deportivas los alumnos deben llenar la solicitud de beca a propuesta del Instructor de cada rama del deporte, para que sean analizadas y aprobadas por el Consejo Técnico de la Dirección de Actividades Deportivas.
2. Todos aquellos alumnos que soliciten beca de inscripción, deberán pagar el arancel de inscripción en el período señalado para tal fin; debiendo tramitar el reembolso del mismo en la entidad académica correspondiente.
3. El período para entregar las solicitudes de becas de inscripción, escolares, artísticas y deportivas será del 3 al 13 de mayo del 2005.
4. El Consejo Técnico de la entidad académica emitirá el dictamen correspondiente del 16 al 23 de mayo del 2005, debiendo ser publicado internamente para conocimiento de los alumnos solicitantes.
5. El Director de la entidad académica remitirá el acta de Consejo Técnico correspondiente a las becas escolares, para actividades artísticas y para actividades deportivas a la Dirección General de Administración Escolar, a partir del 16 al 27 de Mayo del 2005, para la continuación del trámite.
6. En el caso de las Becas de inscripción, el Director de la entidad académica remitirá el acta de Consejo Técnico correspondiente así como la copia original de cada arancel cuyo reembolso solicita, a la Dirección de Egresos a más tardar el 27 de mayo del 2005, para la continuación del trámite.
7. El no cumplimiento oportuno con lo establecido en la presente convocatoria, dejará sin efecto el trámite del pago correspondiente.
8. El pago de las becas escolares, actividades artísticas y actividades deportivas se realizará de la siguiente manera:

Período:
Febrero-Agosto 2005

Fecha de pago:
2a Qna. de julio de 2005