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Redacción
UniVerso |
Las constituciones de 1857 y de 1917, tanto por su contenido como
por el contexto en el que fueron creadas y aprobadas, han sido factores
de suma importancia para la construcción y desarrollo nacional,
concluyeron académicos e investigadores de la Universidad Veracruzana
(UV) y de varias instituciones de todo el país, reunidos en
el coloquio “Entre los Derechos Individuales y los Derechos
Sociales. Las Constituciones de 1857 y 1917”, organizado por
el Instituto de Investigaciones Histórico Sociales (IIHS) de
la UV.
En el marco de los 150 y 90 años de la promulgación
de las dos cartas magnas, el evento incluyó conferencias sobre
el contexto de promulgación de ambas constituciones, así
como su manera de abordar temas como derechos humanos, economía,
población, salud, religión, poder judicial, recursos
energéticos, el agua, agrarismo y medio ambiente. |
Carmen
Blázquez |
Constitución
de 1857, clave en la construcción de México
Aunque
nació en medio de conflictos sociales y políticos, y
de la división del país entre liberales y conservadores,
la Constitución de 1857 fue punto clave para la construcción
de un nuevo México, aseguró Carmen Blázquez,
historiadora de la UV, en su conferencia “Los agitados tiempos
de la Constitució de 1857”.
El sufragio popular, la suspensión de fueros, la división
de poderes y el sistema federal, son algunos de los aportes que destacó
la investigadora, contribuciones que si bien no lograron resolver
los problemas del país a la primera, como se quería
en ese momento, dejaron plasmado en el papel un catálogo con
éstos y otros derechos que impulsaron la cultura democrática
en la nación. |
No
obstante, reconoció que la Carta Magna se integró en
medio de una realidad compleja, producto de la interacción
y la tensión social entre liberales y conservadores en el siglo
XIX: “En 1856 hubo realmente pocos auspicios de tranquilidad,
el país no lograba la estabilidad necesaria para lograr las
transformaciones que había postulado”. |
Guadalupe
Vargas |
Analizan
la transformación del culto religioso tras reformas jurídicas
Entre la última mitad del siglo XIX y las primeras tres décadas
del siglo XX se suscitaron eventos de la política nacional
que marcaron el desarrollo de una nueva relación entre Iglesia
y Estado, y el impacto se dejó sentir en las actividades religiosas
y en las expresiones públicas de la población mostrada
en los santuarios y peregrinaciones, aseguró Guadalupe Vargas
Montero, investigadora del IIHS UV.
Recordó que la primera vez que se quiso reformar la relación
entre Iglesia y Estado fue en 1833 cuando Gómez Farías,
influido por el pensamiento de José María Luis Mora,
intentó quitarle al clero el monopolio de la educación;
sin embargo, Santa Anna derogó las reformas. |
Y finalmente, el 12 de julio de 1857, en el Puerto de Veracruz, Benito
Juárez anunció el manifiesto constitucional en el que
se integra la ley nacional de los bienes eclesiásticos, que
estableció la independencia entre los negocios del Estado y
los puramente eclesiásticos, nacionalizó todas las propiedades
de la Iglesia católica y suprimió las órdenes
religiosas. |
Filiberta
Gómez |
En
la Constitución, retrocesos en derechos para pueblos indígenas
Una reforma al Código Agrario, realizada en 1992, les quitó
a los pueblos indígenas y grupos comunales el derecho a poseer
tierras, establecido en la Constitución desde 1917, lo que
representa un paso atrás en materia de reconocimiento y propiedad
indígena, aseguró la investigadora de la UV, Filiberta
Gómez Cruz.
“Ahora la tendencia es hacia la privatización, pese a
que son esos grupos indígenas a los que la Constitución
del 17 buscaba restituir el derecho a la propiedad”, dijo.
Aunque reconoció que existen muchos núcleos agrarios
que no lograron regularizar sus propiedades en décadas –sólo
32 por ciento de los 11.3 millones de hectáreas lo hicieron–,
señaló que las reformas marcaron en los derechos indígenas
un retroceso. |
“Es
cierto que en 2001 la Constitución admitió en nuestro
país una composición pluricultural, la libertad y la
autonomía de los pueblos indígenas pero, desafortunadamente,
desde 1997 lo que impera es el libre mercado y la tendencia a privatizar,
lo que ha ocasionado conflictos agrarios.” |
Arnaldo
Platas |
Debe
legitimarse el origen del Poder Judicial
El Poder Judicial ha sido protagónico en la historia de México
justificando muchos de los actos que han limitado las garantías
y los derechos de los mexicanos, de tal forma que la interpretación
de la Corte en materia de derechos humanos debe ser más cuestionada
desde la perspectiva del legislador, resaltó Arnaldo Platas
Martínez, miembro del Instituto de Investigaciones Jurídicas
de la UV.
El académico instó a profundizar el papel del Poder
Judicial como legitimador de un orden jurídico, que con su
“aparente neutralidad hace que las instituciones funcionen dentro
de una aparente estructura normativa pero sin ninguna legitimación
material”. |
El tema plantea dos interrogantes importantes en las condiciones actuales,
precisó.
En primer lugar, la influencia del Poder Judicial en la definición
y estructuración de las líneas institucionales del Estado
mexicano; en segundo lugar, la determinación en el sistema
político de los propios espacios del Poder Judicial. |
José
Velasco |
Quedó
plasmado el ideal de Zapata en la Reforma Agraria
Con la muerte de Emiliano Zapata en 1919 se cerró un capítulo
de la lucha campesina por la tierra pero no murió el ideal
de “Tierra y libertad”, que en el siglo XX hizo posible
la conclusión de una reforma agraria pese a desviaciones, retrasos,
manipulación política y fracasos económicos,
asentó José Velasco Toro, académico de la UV.
Velasco Toro esbozó el panorama en el que se gestó el
Artículo 27 de la Constitución Política, partiendo
de la contienda de dos tendencias agrarias distintas entre campesinos
y políticos del Partido Liberal Mexicano (PLM). |
El
académico destacó que se considera erróneamente
a la ley del 6 de enero de 1915 emanada del ideal zapatista, cuando
en realidad con ella lo que se buscó fue arrebatarle la bandera
de la lucha al zapatismo.
En el programa del PLM, explicó, se hace hincapié en
la necesaria reforma agraria; sin embargo, no es sólo un acto
de justicia social, detrás de la propuesta se encuentra la
necesidad de transformar la estructura de mercado; y es hasta la Constitución
promulgada en 1917 que se norma la distribución de tierras,
precisando que los ejidos son propiedad de los pueblos y no de los
municipios. |
Luz
del C. Martí |
No
es necesaria una nueva Constitución, sino una reforma integral
A pesar de que algunas reformas a la Constitución se han realizado
con base en la fuerza presidencial y que los legisladores han cometido
excesos e imprecisiones, al grado de alterar o modificar materias,
los mexicanos no requerimos una nueva Constitución sino una
reforma integral a la ya establecida, aseguró Luz del Carmen
Martí Capitanachi, del Instituto de Investigaciones Jurídicas
de la Universidad Veracruzana (UV).
Durante su participación, comentó que existen coincidencias
entre los tratadistas mexicanos acerca de que muchos errores provienen
de una deficiente técnica legislativa, pero en ningún
caso amerita crear una Constitución. |
“Si
bien la Constitución de 1917, con las modificaciones que se
le han efectuado, necesita adecuaciones, considero que todavía
responde en lo esencial al modelo de estado social que postuló
el constituyente de 1917. Una reforma integral puede subsanar los
déficit que ahora enfrenta ante la realidad social y económica
de nuestro país en el momento actual”, expresó. |
Carmen
Valdéz |
Educación,
punto de discordia entre Iglesia y Estado desde 1917
Establecer la libertad de enseñanza en la Constitución
de 1917 generó un debate político al buscar la separación
del Estado y el clero, evidenciando la resistencia de amplios sectores
sociales a la inclusión de un carácter laico en la educación,
explicó la académica Carmen Valdéz Vega.
Destacó que en el ámbito educativo es donde con mayor
claridad se puede observar la tensión ideológica que
implicó la separación de la Iglesia y del Estado, donde
el argumento de los diputados liberales es que la libertad de enseñanza
parte de la libertad civil. |
El acuerdo de establecer la libertad de enseñanza en el Artículo
3° de la Constitución de 1857 “dejó en libertad
al clero para ejercer funciones educativas; en tanto que el congreso
constituyente del 17, retomó los conceptos de derechos naturales
y derechos y garantías sociales”, detalló Valdez
Vega. |
Edna
Ovalle |
El
periodismo sacrificó crítica por modernidad
La modernidad ha hecho que actualmente no se ejerza un periodismo
verdaderamente crítico porque hay muchos intereses de por medio
que orientan demasiado e impiden tener una visión homogénea
del mismo; asimismo, ha sacrificado sentido crítico y condiciones
de trabajo de los periodistas, aseguró Edna Ovalle, académica
de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM) Iztapalapa. |
“Ésta
es una larga permanencia, quizás heredada del Porfiriato, en
la que hubo censura y el control del papel estaba en manos del Estado,
entonces el periodismo, aun y con que existen algunos organismos independientes,
es muy poco crítico. La crítica se ve como algo excepcional,
negativo, cuando debería ser vista como una aportación
a la libre circulación de las ideas; la lucha y el debate son
necesarios en una sociedad democrática y, por supuesto, esto
indica que aún no lo
somos”, añadió.
Abrir PEMEX a IP extranjera, un retroceso constitucional
Abrir Petróleos Mexicanos a la iniciativa privada y permitir
que capitales extranjeros se adueñen de las ganancias de la
paraestatal sería un retroceso para el país; por el
contrario, el Estado debería instrumentar estrategias legales
y económicas para hacer a PEMEX autosuficiente, aseguró
Francisco Alfonso Avilés, del IIH-S UV.
“Sería un retroceso constitucional que pondría
a México en las condiciones en las que estaba a principios
del siglo XX, cuando el petróleo era explotado por extranjeros”,
consideró.
Dijo que el contenido del cuarto párrafo del artículo
27 constitucional, que a la letra dice: “son propiedad de la
nación todas las sustancias en vetas, mantos, masas y yacimientos
y el dominio directo del petróleo y todos los carburos de hidrógeno
sólidos, líquidos y gaseosos”, no es simple retórica.
Los gobiernos, a partir de Francisco I. Madero, exigieron pago de
impuestos a las empresas que explotaban el petróleo, y al negarse
éstas, el gobierno se vio obligado a implementar una ley reglamentaria
del Artículo 27, para que los beneficios de la explotación
y producción quedaran en manos mexicanas. |
Inclusión
indígena, lucha de siglos en AL
El reconocimiento de los derechos de los grupos indígenas,
su inclusión en la sociedad y el principio básico
de la igualdad ante la ley es una lucha de siglos en América
Latina, aseguró Saúl Jerónimo Romero, investigador
de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM) de Azcapotzalco.
Dijo que un comparativo entre las constituciones políticas
de Venezuela, Chile, Argentina, México y Colombia muestra
cómo, desde el siglo XVII, algunos pueblos decidieron que
los indígenas no eran sus iguales, e incluso idearon mecanismos
para hacerlos transitar de “salvajes” a entes civilizados,
conteniendo en sus instituciones mecanismos de inclusión.
El investigador aseguró que con el paso de los años
se afianzaron dos grandes etapas en el desarrollo de un pensamiento
liberal en América Latina: por un lado una visión
clásica donde los indígenas necesitaban ser considerados
bajo un régimen especial; por el otro lado, una visión
que contemplaba el principio básico de la igualdad ante la
ley.
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