Año 6 • No. 206 • enero 9 de 2006 Xalapa • Veracruz • México
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Durante curso de actualización en Derecho Civil
Reconoce U de Salamanca nivel de enseñanza en Derecho UV
Académicos visitantes de la Universidad de Salamanca en España manifestaron su admiración por la capacidad del cuerpo de profesores de la Universidad Veracruzana (UV) que participaron en el Curso de Actualización sobre Derecho Civil, efectuado durante noviembre y diciembre pasados en la Facultad de Derecho de esta casa de estudios.

María de Jesús Moro Almaraz.
María de Jesús Moro Almaraz, catedrática en la Universidad de Salamanca, resaltó que “la preparación en la materia, dentro de la Universidad Veracruzana, está en manos de personas sumamente capaces que están haciendo un esfuerzo muy importante al abrirse a otras experiencias. Eso es un gran acierto…”
De acuerdo con la profesora visitante, existe una marcada preocupación para que el personal de la Facultad de Derecho no mantenga estáticos sus conocimientos, sino que los actualice y que de ello se haga partícipe a los alumnos. Cabe señalar que Moro Almaraz y el cuerpo académico Estudios Jurídicos de la Facultad de Derecho se coordinaron para contar con la presencia de distinguidos docentes de aquella institución española, una de las más renombradas del mundo.

Moro Almaraz considera una obligación de partida, y es “que los profesores mantengan un rendimiento investigador en grupo, que realicen actividades innovadoras con los estudiantes y, a partir de ello, fundir los criterios de calidad para la obtención de buenos resultados. En un camino en el que no hay por qué detenerse”, dijo.

De la Universidad de Salamanca, institución fundada en el año 1218 por el Rey de León Alfonso IX, estuvieron presentes la misma Moro Almaraz, así como Juan Pablo Aparicio Vaquero y Alfredo Batuecas Caletrío, mientras de que la Universidad de Roma II se hizo presente David Esbotraz. Leonardo Pérez Gallardo trajo consigo la representatividad de la Universidad de La Habana.

Para Aparicio Vaquero, que habría de exponer en torno de las responsabilidades del los servidores en Internet, lo que resulta importante es la confrontación de todas las experiencias jurídicas, “cómo se trabaja en otras latitudes, qué soluciones son compatibles con el sistema jurídico propio del entorno del estudiante”

En lo que respecta a las similitudes y diferencias en cuando al tema en la legislación de España y de México, Aparicio Vaquero afirmó que hay de todo: “En España tenemos, de momento, un Código Civil único. Y digo de momento porque Cataluña prepara el propio. Pero los códigos mexicanos mantienen inspiraciones procedentes de diversos ordenamientos; el nuestro, a su vez, se inspira en el francés. Hay soluciones similares y otras distintas, pero en lo que coincidimos es en la forma de acercarnos a los problemas”.

David Esbotraz habría de abordar la protección de la pequeña y mediana empresa ante la contratación a nivel internacional. “En el ámbito del Derecho comparado y de la legislación, la parte débil era tradicionalmente el consumidor, las minorías étnicas y hasta los ancianos. En años recientes, los débiles son empresas en evidente desventaja con respecto de las grandes multinacionales. Uno piensa que el empresario es, por lo general, la parte fuerte en la contratación, pero en comercio internacional es frecuente que él sea precisamente el lado débil en los procedimientos contractuales. Se trata de otro débil jurídico al que es necesario proteger porque suele ocurrir que percibe sus pagos con retraso, por lo que se ve privada de liquidez que le puede ocasionar la quiebra”

Los efectos de una quiebra ocasionan desempleo y una cadena de incumplimientos que van más allá de lo que podemos percibir a simple vista: “En el ámbito del Derecho europeo, la atención se ha desplazado hacia la protección de estas personas morales y jurídicas, y no con el mismo criterio para las personas físicas. Los problemas de las personas morales, las pequeñas y medianas empresas, impactan indudablemente en el contexto de la sociedad en que se desenvuelven, porque muchas de ellas constituyen el motor de la actividad comercial de sus regiones. A eso tendrán qué enfrentar nuestros nuevos abogados”, agregó.

Para Leonardo Pérez Gallardo es necesario visualizar los lineamientos jurídicos latinoamericano comparándolos con los europeos: “Esto es importante en la incorporación de principios que son esenciales para la interpretación de un contrato en el cual se da la ausencia de material fáctico porque las partes no quisieron –o no pudieron– preverlo. Por lo tanto, es necesario acudir a normas de naturaleza objetiva para colmar las lagunas existentes en el mismo contrato. Para ello se apela a la buena fe, a los usos, a la equidad y al sentido común”.

Para Pérez Gallardo la legislación propia del estado de Veracruz se ajusta a reglas procedentes del modelo francés, en lo que respecta al establecimiento de reglas concisas y claras en materia de interpretación: “Este es el sistema que tenía Cuba cuando estaba vigente el sistema apoyado en el Código Civil español; sin embargo, el actual incorpora un sistema inspirado en el modelo alemán, en el que se evitan reglas catalogadas como estereotipadas en materia de interpretación. Se utiliza, entonces, una fórmula abstracta a cuyo tenor se ajusta la parte general del Código y no la parte especial. Esto ofrece al juez un concepto válvula que le permite manipular el asunto de la interpretación contractual siguiendo esa formulación abstracta”.

Por lo que respecta a Betuecas Caletrío, su tema fue el de las obligaciones de los contratantes vía electrónica. “Este tema no lo domina la mayoría de los profesionales del Derecho, ni en México ni en España. Se trata de un asunto emergente en estos momentos y sobre una parcela muy pequeña en la nueva tecnología, que es el comercio vía Internet. En España, su uso mayor es el relacionado con la compra de boletaje para viajes en avión, en autobús o tren, así como compra de productos menores como discos compactos o libros”.

El mayor problema en estas transacciones en la gran desconfianza que existe aún entre los ciudadanos participantes en esta modalidad de comercio, especialmente en el asunto del pago. “Siempre hay alguien que me pregunta sobre los riesgos que implica introducir el número de su tarjeta bancaria en Internet; Y si alguien se introduce en su cuenta y retira dinero ¿el titular podrá recuperarlo? Eso indica la tremenda desconfianza que aún priva en los usuarios”.

El especialista de la Universidad de Salamanca indicó que la firma electrónica es la herramienta que permite establecer la personalidad del anunciante o prestador de servicios, aún en transacciones internacionales por Internet, “pero ocurre que en muchos países no avanza al mismo tiempo la contratación, el pago y la firma electrónicos. Y aunque ya esté desarrollándose de modo incipiente la contratación electrónica, puede ser que no esté al paso del sistema de pago y la firma electrónica. Eso genera la desconfianza”.

Pero no hay de otra: la tecnología habrá de imponerse e imponer sus condiciones. “Merece la pena confiar en la nueva tecnología. Desde luego que hubo quienes se escandalizaron con la máquina de vapor, la gente que entendía que el trabajo manual era mejor. Pero de esta máquina se derivó el ferrocarril y toda la revolución industrial que marcó el despegue del desarrollo industrial en Europa. Esto no tiene vuelta de hoja. La tecnología irrumpe impetuosamente, de forma irreversible y habrá de marcar decididamente toda actividad humana en todo renglón”, concluyó.