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La
ley en México no permite excepciones por argumentos morales
Médicos del DF no pueden
negarse a practicar abortos
Edith Escalón |
Si
la ley en el DF permite el aborto, los médicos no pueden negarse
a practicarlos por razones de conciencia, sostiene jurista de la UV
Para eximir a particulares de cumplir
la ley tendría que modificarse la Constitución: Contreras |
En
México no existe la figura jurídica “objeción
de conciencia”, que en países europeos exime a particulares
de cumplir con la ley cuando ésta se contrapone a su conciencia
moral, de ahí que los médicos en el Distrito Federal
no puedan, bajo este argumento, negarse a practicar el aborto actualmente
legalizado.
Así lo señaló Rebeca Elizabeth Contreras, jurista,
académica e investigadora de la Universidad Veracruzana (UV),
en la conferencia que para analizar el tema se realizó en la
Facultad de Derecho, en Xalapa. “Si todos tuviéramos
la posibilidad de objetar la ley de manera libre e indiscriminada
esto sería una anarquía”, comentó.
La abogada, especialista en Derecho Penal y Política Criminal,
explicó que la ley en México no permite excepciones
por argumentos morales, pues la “objeción de conciencia”
implica condiciones muy subjetivas, relacionadas con la ética,
la religión y la congruencia moral.
Dijo que si bien en países como España esta figura ha
sido utilizada para exentar a particulares de cumplir con el servicio
militar, por ejemplo, por estar moralmente en contra de la guerra
o del uso de las armas, la misma justificación sería
imposible aplicarla en países como México, donde la
“objeción de conciencia” no está tipificada
en las leyes.
“Para exentar a particulares de cumplir la ley tendría
que modificarse la Constitución. En el caso del aborto, por
ejemplo, aunque los médicos en el DF (aun cuando se cumplan
las nuevas condiciones que la ley establece) pueden negarse a realizarlo
a través de arreglos administrativos o laborales, no pueden
utilizar argumentos jurídicos simple y sencillamente porque
no existen”.
Sin embargo, explicó que en Derecho Penal la conciencia moral
se considera, en casos muy excepcionales, una causa de justificación
o de inculpabilidad en determinados delitos: “Sí existe
dentro de los códigos penales, cuando una persona comete un
delito y puede alegar razones de conciencia podría atenuar
alguna de las excluyentes de incriminación, pero sólo
es en casos específicos”.
Modificar la Constitución
La investigadora informó que el Partido Acción Nacional
(PAN) hizo una propuesta para incorporar en la Constitución
la posibilidad de que en México se reconozca la libertad de
conciencia como tal, y recordó que ésta ya está
tipificada en tratados internacionales como un derecho humano y fundamental.
De prosperar, dijo, la ley suprema deberá incluir claramente
la definición de la figura jurídica, tanto en su parte
sustantiva como en los procedimientos a seguir para determinar quién
puede o no ser catalogado como objetor de conciencia.
Aunque reconoció que este tema es polémico, tanto para
el área constitucional como para la filosofía del Derecho,
invitó a los universitarios a investigar, reflexionar y discutir
sobre éste y otros temas de vanguardia, pues son los que requieren
de más análisis y propuestas de los especialistas. |
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