Núm. 13 Tercera Época
 
   
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las artes liberales ocurrió en 1812 con la fundación de la Casa de Moneda; para hacerse cargo de la misma se trasladó de la Ciudad de México el escultor Dionisio Sancho.

          En septiembre de 1817 el fiscal de lo civil de la Real Audiencia de Guadalajara acusó a Sancho de haber permitido que en la nueva decoración de la sala de la Audiencia se pintaran elementos insurgentes y republicanos, entre otros, el “águila insurgente”, en los escudos (figura 1, página anterior). Para explicar la decoración y hacerles ver que la emblemática era de naturaleza universal y no tenía signos políticos, fueron invitados los más importantes maestros de artes que había en la ciudad, desde el propio escultor Sancho, Manuel Cuentas y José María Uriarte. El documento fue publicado por Rafael Diego Fernández y Marina Mantilla Trolle, con un erudito ensayo del doctor Tomás Calvo; 5 no obstante, me parece de primera importancia citarlo para discutir el problema relativo a la práctica de la artes liberales en la entonces Nueva Galicia.

El fiscal de lo civil al principio se ensarta en un alegato más bien de índole formal con el autor de la obra, y así en los primeros tiempos se la pasan revisando diccionarios para ver si es lo mismo dosel que solio [...] Buena parte de la gran angustia del fiscal radicaba en que las monedas de los insurgentes, que tan bien eran conocidas por todos y de las cuales presenta algunos ejemplares, figuraban justamente los elementos nuevos introducidos en el tribunal y la audiencia: por un lado el escudo mexicano y del otro el dosel. En cuanto a lo primero y según su apreciación, aparecía por un lado la imagen del águila sobre un nopal [sin serpiente] y alrededor la leyenda “Congreso americano”. Del otro lado figuraba un pabellón, según el fiscal muy parecido al supuesto dosel que Dionisio había reproducido en el salón, y en su interior una F y un 7°, por Fernando Séptimo, acompañado de la leyenda “Depósito de autoridad”. 6

          Tomás Calvo hace notar la persistencia del lenguaje emblemático en tiempos difíciles signados por la Revolución y la contrarrevolución, que además de conservar toda su fuerza hasta se vuelve subversivo, lo que en cierta forma es una novedad; observa también que sus tendencias artísticas son revolucionarias: “destruyó sin remordimiento un decorado de tendencia alegórica, lo reemplazó con un neoclásico con tintes de estilo primer empire: las fasces y otras segures, el pabellón o tienda de campaña –que constituyen lo esencial de su aportación– están sacados de los palacios de Napoleón”. 7 Se trata, dice Calvo, de otro episodio de la querella entre antiguos y modernos. Los primeros estaban representados por el fiscal Vicente Alonso de Andrade (1757-?), quien en 1818 “sigue defendiendo el ideal de la monarquía paternalista, tradicional, sin que advierta haber gobernado los soberanos españoles en ningún tiempo con las insignias del terror”;8 el rey es “padre amoroso de sus vasallos, aborreciendo el exercicio de los instrumentos del terror”. Los modernos estaban representados por el escultor y grabador Dionisio Sancho (Castilla, 1762-México, 1829). Sancho estudió en la Academia de San Fernando de Madrid; en 1809 fue nombrado escultor de cámara del rey. En ese periodo trató por algún tiempo con Gaspar de Jovellanos, “príncipe de los ilustrados”, del que se expresa elogiosamente y a quien se jacta de haber conocido:

Aquel sabio español nacido para conocer el valor de las bellas artes, para amarlas con entusiasmo y promoverlas con empeño, parecía hallarse en su elemento cuando trataba de ellas, y arrebatado del amor de la gloria que las mismas pueden dar a la patria empleadas con dignidad, en nuestras conversaciones sobre este asunto no dejaba resorte que no tocase con la delicadeza propia de su talento, hiriendo mi amor propio al deseo de gloria para estimularse a concebir ideas grandes y magníficas que resultasen en honor de la nación. 9

          Con el rey cautivo de los franceses, las cosas se tornaron difíciles para Sancho, por lo que decide emigrar a México con una recomendación de Ciriaco Gonzalo Carvajal fechada en Cádiz y dirigida al secretario de la Academia, don Antonio Piñeyro, 10 para que ocupara el cargo de director de escultura. Muy infl uyente debió ser la recomendación, porque el 16 de febrero de 1811, en la reunión de la Junta Superior de Gobierno, se leyó una real orden de fecha 20 de agosto de 1810, en la que su majestad otorgaba nombramiento de director de escultura a Dionisio Sancho, por lo que encontrándose la plaza ocupada “por el benemérito Manuel Tolsá”, la junta recurrió al arbitrio de transferir a Tolsá a la dirección de Arquitectura”.11 Al parecer, después de echar a andar la Casa de Moneda de Guadalajara, regresó un año a México para impartir clase de escultura;12 de vuelta en la intendencia de Guadalajara tuvo energía para, además de dirigir la Casa de Moneda, reabrir la Academia de Dibujo en diciembre de 1816 con un sueldo de 600 pesos anuales. El gusto no les duró mucho pues la vuelta a la inestabilidad hizo que fuera clausurada de forma definitiva en mayo de 1818. El Consulado invirtió en tan sólo 18 meses la cantidad de 4 359 pesos,13 suma considerable en aquella época. En 1820 diseñó el túmulo mortuorio para las exequias celebradas en Guadalajara en honor de la esposa de Fernando VII, María Isabel Francisca de Braganza. Es probable que una vez consumada la Independencia y motivado por la partida de su protector, el general José de la Cruz, regresara a la Ciudad de México, en donde murió en 1820.

          Sin duda, según observa el doctor Tomás Calvo, Dionisio mostró durante el juicio una actitud desafiante que unas décadas antes le hubiera costado caro; por lo demás, resulta clara su observación de que la decoración de la sala del tribunal, en su conjunto, representa “una obra neoclásica de inspiración barroca”, otra muestra del proceso de transición en que se vieron implicadas las formas artísticas durante el movimiento insurgente.

5 Rafael Diego Fernández-Sotelo y Marina Mantilla Trolle, La Nueva Galicia en el ocaso del Imperio español. Los papeles de Derecho de la Audiencia de la Nueva Galicia, Colegio de Michoacán/, UdeG, Guadalajara, vol. I, 2ª ed., 2006, pp. XLIX-CII.
6 Ibid., p. 52.b
7 Tomás Calvo, “Apéndice II: El Rey y la ley en la sala de la Audiencia de Guadalajara (1817-1820)”, en Rafael Diego Fernández, op. cit., p. XCVIII.
8 Idem.
9 Fernández Sotelo y Mantilla Trolle, op. cit., p. LVIII.
10 Eduardo Báez, Guía de la Antigua Academia de San Carlos,
1781-1910, exp., 1151, UNAM, IIE, México, 2003, p. 16.
11 Báez, op. cit., doc. 10105, p. 72.
12 Báez, op. cit., doc 10099, p. 68
13 Ramírez Flores, op. cit., p. 77.

 
 
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